Andalucía

Un marroquí no logra la nacionalidad española por no saber quién es Susana Díaz

  • Desconocía el idioma y tampoco sabía qué mar baña Almería, donde vive desde hace diez años

Una mujer sale de la oficina de Extranjería de Sevilla, en la Delegación del Gobierno

Una mujer sale de la oficina de Extranjería de Sevilla, en la Delegación del Gobierno / D. S.

La Audiencia Nacional ha negado la nacionalidad a un marroquí que ha residido durante diez años en España por, entre otros motivos, no saber quién es la presidenta andaluza, Susana Díaz. La sentencia del desestima el recurso contra la Resolución de del director general de los Registros y Notariado que en 2016 denegó a este hombre la nacionalidad por residencia.

Señala que el recurrente había solicitado la nacionalidad ante el Registro Civil de Almería el 8 de mayo de 2014. En su comparecencia, el interesado responder a preguntas como quién es la presidenta de la Comunidad Autónoma de Andalucía, donde reside. Tampoco supo decir los mares que bañan las costas españolas, aunque vivía en Almería. Asimismo desconocía cuando se celebran elecciones en España, parecía desconocer el significado del divorcio y tampoco sabía a qué edad se puede votar ni si España es un país aconfesional.

El encargado del Registro Civil, dictó Auto el 6 de junio de 2014, informando desfavorable la concesión de nacionalidad, por ser insuficiente su grado de integración, ya que no sabía nada sobre el sistema político ni los partidos, no conocía la Constitución española ni sus valores, ni las costumbres propias de España ni sus limites geográficos y no hablaba ni entendía correctamente el español. En este mismo sentido se pronunció el Ministerio Fiscal, que en su informe hizo constar sus dificultades de comprensión del idioma.

“De lo expuesto, se desprende que las apreciaciones que ha documentado el encargado del Registro Civil, con el aval del Ministerio Fiscal, responden a una realidad constatada; es decir que el nivel de conocimiento del peticionario sobre la vida y cultura españolas es muy escaso y su conocimiento del idioma poco satisfactorio, tal y como queda acreditado en el expediente”, profundizan.

Reconocen que en el acta de comparecencia ante el encargado del Registro, se pudo constatar un “cierto arraigo familiar y una estancia en nuestro país prolongada” pese a lo cual “la misma no aparece acompañada de un conocimiento suficiente del idioma, y de la sociedad y su cultura, sin lo cual no cabe la concesión de la nacionalidad”.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios