Poder Judicial

Deducen testimonio contra el abogado Iñigo Moreno por injurias en un recurso

  • El abogado que sentó en el banquillo al juez Serrano está ahora encarcelado en Aranjuez

  • Iñigo Moreno acusó a la juez que le condenó de actuar por “venganza” y para “encubrir” a otros jueces

El abogado Iñigo Moreno Lara

El abogado Iñigo Moreno Lara

La Audiencia de Sevilla ha deducido testimonio contra el abogado Iñigo Moreno Lara por un presunto delito de injurias vertidas mediante unas “afirmaciones gratuitas” en su recurso de apelación. El letrado, que en la actualidad cumple varias condenas de cárcel, adquirió notoriedad por sentar en el banquillo al juez Francisco Serrano, ahora parlamentario andaluz de Vox.

La Sección Séptima de la Audiencia, en una sentencia a la que tuvo acceso este periódico, confirma la condena de seis meses de cárcel por desórdenes públicos y dos multas de 900 euros cada una por injurias. Un juzgado penal impuso esas condenas al abogado porque durante diez minutos profirió improperios "de forma chulesca y descarada” en un juicio.

La Audiencia no solo confirma la condena, que es firme, sino que ordena deducir  testimonio del recurso de apelación presentado por el letrado por si las  afirmaciones vertidas en él fueran constitutivas de un nuevo delito de injurias.

La sentencia rechaza que se vulnerase el derecho a la tutela judicial efectiva de Moreno Lara, quien aseguró en su recurso que la magistrada que le condenó “ha encubierto la impunidad de sus colegas jueces de Sevilla” y actuó “por motivos de venganza personal”.

La Audiencia recoge que el recurso no especifica “en qué hechos concretos funda esa alegación”, y por ello considera que se trata de “afirmaciones gratuitas del señor letrado recurrente que pudieran ser constitutivas al menos de un delito de injurias”.

Moreno Lara adquirió notoriedad por representar a la mujer que sentó en el banquillo al juez Francisco Serrano (Vox) tras cambiar el régimen de visitas de un niño para que saliese en una procesión de Semana Santa. Ahora está preso en Aranjuez por sendas condenas de maltrato a su mujer, agresión a dos policías y por desórdenes y desobediencia en un juzgado.

La sentencia de la Audiencia rechaza “de plano” el primer motivo de recurso, referido a “decisiones judiciales adoptadas por la magistrada titular del juzgado de Violencia sobre la Mujer de Sevilla, por lo que no tiene relación alguna con el objeto de enjuiciamiento en la presente causa”.

Sobre la alegación de que no se había aportado ninguna prueba que enervase el principio de presunción de inocencia que le amparaba, responde la Audiencia: “Nada más lejos de la realidad ya que en el plenario se escuchó la grabación de la intervención del ahora apelante en el juicio. En dicha grabación se escucha nítida y claramente la intervención de don Iñigo Moreno” y “el relato de hechos probados de la sentencia recurrida es un fiel reflejo de esa intervención en cuanto a los hechos ahora enjuiciados”.

También rechaza que estén prescritos los dos delitos de injurias por los que fue condenado. “En absoluto se puede apreciar la prescripción invocada pues los hechos sucedieron el 12 de junio de 2015, se acordó que declarara en calidad de denunciado el 15 de julio de 2015 y se le tomó declaración en calidad de investigado el 8 de marzo de 2016”.

También argumentó que los presuntos injuriados no presentaron querella, pero la Audiencia responde que “siendo los ofendidos un fiscal y un magistrado, ambos autoridad, no es necesaria la presentación de querella por parte de los mismos, ni que se personen en la causa, ya que las injurias se profirieron cuando estaba en el ejercicio de sus respectivos cargos“.

Finalmente, la Audiencia tampoco admite unas pruebas solicitadas por Moreno Lara ya que no fueron pedidas  en primera instancia “sin que concurriera motivo alguno que lo impidiera”.

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