Andalucía

Tengo reservadas las vacaciones, ¿qué pasa si me toca estar en la mesa electoral

Mesa electoral en Sevilla

Mesa electoral en Sevilla / José Ángel García

El 23 de julio hay de nuevo elecciones, esta vez generales. Así lo ha adelantado Pedro Sánchez, y de nuevo, miles de personas tendrán que formar parte del entresijo propio de fechas electorales. Semanas antes de ese domingo llegarán muchas cartas a los españoles en las que se requiera su presencia como miembro de una mesa electoral.

La convocatoria de elecciones generales ha cogido con el paso cambiado a buena parte de la población y en la fecha en la que se van a realizar, 23 de julio, a muchos con los billetes y las vacaciones ya cerradas, por lo que una llamada para formar parte de una mesa electoral puede suponer un complicado contratiempo.

¿Cuándo se sabe si se forma parte de una mesa electoral?

La mesa electoral la componen tres personas: dos vocales y un presidente. La elección de las personas la realiza cada Ayuntamiento y se hace por sorteo público entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriores a la convocatoria electoral.

Esto quiere decir que, en función de la localidad en la que estés empadronado, la elección tendrá lugar entre el 21 y el 25 de junio. A pesar de que los miembros de la mesa son tres en la elección se seleccionan a nueve personas en total (tres titulares y dos suplentes por cada puesto) entre todas las personas censadas que tengan menos de 70 años y sepan leer y escribir.

Hasta aquí todo en orden. Pero ¿Cómo me entero de que me han elegido para la mesa? Cada ayuntamiento notificará a los elegidos su condición en los tres días siguientes al sorteo y les enviará el manual de instrucciones. Y sí...es obligatorio acudir a la mesa electoral.

Concretamente a las 8:00 horas del domingo 23 de julio. Incluso si eres suplente, caso en el que podrías irte cuando quede constituida oficialmente la mesa.

Cómo librarse de una mesa electoral

Son muchos los que se preguntan por qué no seleccionan para este cometido a personas sin empleo o en dificultades económicas, ya que se trata de una actividad remunerada y con derecho a un permiso retribuido de la jornada completa o ausencia de horas de trabajo el día inmediatamente posterior a las elecciones, pero la realidad es que trabajar no es un motivo para no estar en una mesa electoral ¿Cómo justificar entonces que no puedo estar en una mesa electoral?

El voto por correo no exime a los electores de ser llamados a formar parte de una mesa electoral pero sí este tipo de cuestiones personales, familiares y profesionales:

  • Ser mayor de 65 años y solicitarlo una semana antes de las elecciones
  • Tener una discapacidad, estar enfermo o de baja laboral
  • Estar embarazada de más de seis meses o tener un embarazo de riesgo
  • Tener una intervención quirúrgica en los días cercanos a la votación.
  • Ser madre de un bebé menor de 9 meses
  • Tener un hijo menor de 14 años cuando el otro progenitor no se pueda ocupar de él
  • Tener previsto un evento familiar de especial importancia que sea inaplazable
  • Tener el cuidado directo y continuo de menores de 8 años, personas con discapacidad o familiares mayores y/o enfermos.
  • Prestar servicios profesionales a las juntas electorales, los juzgados, personal sanitario, bomberos o los directores y jefes de servicios informativos que deban cubrir la jornada.

Ley Electoral contempla una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses para quienes no se presenten a una mesa electoral sin permiso

Estas son las únicas razones por las que podríamos alegar a la hora de no presentarnos a una mesa electoral o abandonarla a lo largo de la jornada. En caso contrario la Ley Electoral contempla una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses.

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