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El Ayuntamiento de Almuñécar tendrá que pagar más de 350.000 euros a trabajadoras sociales por diferencias en un complemento específico

  • Habían reclamado el abono por diferencias de un complemento específico que no recibían desde 2015 

El Ayuntamiento de Almuñécar tendrá que pagar más de 350.000 euros a trabajadoras sociales por diferencias en un complemento específico

El Ayuntamiento de Almuñécar tendrá que pagar más de 350.000 euros a trabajadoras sociales por diferencias en un complemento específico / G. H.

El Juzgado de los Social número uno de Motril ratificó hace varios días la condena en sentencia firme por la que el Ayuntamiento de Almuñécar deberá de pagar algo más de 350.000 euros a catorce trabajadoras de los Servicios Sociales de este consistorio, que habían reclamado el abono por diferencias de un complemento especifico que no se les pagaba desde el 2015, así como una indemnización por los daños morales que les ocasionaron.

La sentencia del juzgado motrileño, que ha sido dada a conocer en estos días en la Junta de Gobierno del consistorio sexitano, se formalizó tras la desestimación realizada por el Tribunal Supremo al recurso de casación que realizó el Ayuntamiento de Almuñécar, a una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de noviembre del 2017 que fechó desde agosto del 2015 el pago correspondiente a un complemento especifico que les pertenecía a estas trabajadoras, y no como marcó inicialmente el Juzgado de los Social de Motril en el 2017.

De igual forma se fijó el abono a cada una de las trabajadoras de 6.000 euros como indemnización por los supuestos daños morales ocasionados.

De esta forma el Juzgado de lo Social de Motril pide al Ayuntamiento almuñequero que abone a estas trabajadoras sociales las diferencias ocasionadas en el complemento específico - desde el uno de agosto de 2015 al 31 de octubre de 2017 y hasta el 31 de octubre, en el caso de las psicólogas -, además de una indemnización de 6.000 euros para cada de las trabajadoras sociales, lo que ocasiona un pago de 343.747,53 euros de principal, 4.500 de costas ya fijadas por las Salas del TSJA y del TS, y 34.395,54 para intereses legales, gastos y costas.

El Ayuntamiento sexitano también tendrá que hacer frente a las costas procesales ocasionadas tanto por la sala del TSJA como por el Tribunal Supremo.

Inicialmente la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Almuñécar, en enero del 2020, acordó pagar los atrasos a las trabajadoras sociales por las diferencias del complemento especifico reseñado en base al convenio colectivo del personal laboral de este Ayuntamiento, haciéndolo efectivo desde el 2 de noviembre del 2017 a febrero del 2019 como marcaba la sentencia inicial que dictó el Juzgado de lo Social de Motril.

Puesto que en marzo de 2019 ya se actualizaron los conceptos retributivos. Además, se abonaron los atrasos en cumplimiento del Acuerdo Plenario de 29 de agosto de 2019 a las Coordinadoras de áreas dentro de los Servicios Sociales.

Sentencia a la que interpusieron ambas partes, de un lado las trabajadoras con la pretensión de obtener el pago de atrasos no desde la fecha fijada en la sentencia, sino desde cuando interponen denuncia ante la Inspección de Trabajo, esto es el 1 de agosto de 2015. Y el Ayuntamiento, contra la indemnización añadida de 6.000 euros por supuestos daños morales, así como por el hecho de que las psicólogas ya estaban encuadradas en el grupo I del Convenio Colectivo.

La resolución definitiva de este caso fue dada a conocer por Convergencia Andaluza de Almuñécar que en una nota de prensa que resalta que la condena se produce al no haber aceptado el Ayuntamiento la reclamación realizada en su día por las trabajadoras sociales para lo que consideran "poner fin a la discriminación salarial por razón de género".

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