El Ayuntamiento de Carchuna-Calahonda, condenada a pagar 193.000 euros a los vecinos por unas obras

Un juzgado de Granada impone al anejo de Motril abonar a una comunidad de vecinos la cantidad como consecuencia de su responsabilidad subsidiaria

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Imagen de archivo de la Real Chancillería de Granada
Imagen de archivo de la Real Chancillería de Granada / Francisco Neyra / Picwild

Un Juzgado de Granada ha sentenciado que la Entidad Local Autónoma Carchuna-Calahonda (ELA), en la Costa de Granada, debe pagar a la comunidad de propietarios Torredoblada del núcleo de Calahonda una parte del importe total de las obras de reparación de una plaza de este anejo de Motril que los vecinos ejecutaron y abonaron de su bosillo.

La sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 2, a la que ha tenido acceso EFE, impone a la ELA la obligación de abonar a la comunidad de vecinos 193.290 euros más el interés legal ocasionado como consecuencia de su responsabilidad subsidiaria, como titular del uso del suelo de la plaza.

La comunidad de vecinos reclamaba a la ELA la totalidad del pago de la obra, algo más de 398.000 euros, o subsidiariamente 193.290 por la reparación de este espacio, que fue ejecutado y abonado por la comunidad en su totalidad.

El fallo, que es recurrible, considera acreditado que la Entidad Local Autónoma asumió la titularidad plena de la plaza dando cumplimiento a la obligación de cesión impuesta a la propiedad, consistente en el uso publico por el Ayuntamiento de la superficie y vuelo de esta plaza de propiedad privada. También apunta que este espacio es de carácter privativo pero de uso publico, según consta en la escritura pública.

Señala además que tanto el Ayuntamiento como después la ELA han actuado como titular de la servidumbre, asumiendo el beneficio y aprovechamiento al conceder licencias de ocupación a los establecimientos comerciales ubicados en el interior de la plaza, así como por tasas por ocupación de vía publica o concesión de licencias de actividad comercial, recaudando impuestos por estas actividades.

La cesión, señala la sentencia, conlleva la responsabilidad de la ELA como titular del uso publico desde hace mas de 30 años sobre los costes de reparación de las instalaciones de titularidad municipal, su conservación y reparación en aplicación de la Ley Reguladora de las Bases de Regimen Local.

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