La Policía Local de Motril informa de que los patinetes están obligados a registrarse en la DGT

Señalan que todos los patinetes eléctricos deben ser registrados en la página web de la DGT si tienen un peso superior a los 25 kg y pueden alcanzar una velocidad superior a 14 km/h

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Un hombre en patinete
Un hombre en patinete / Enric Fontcuberta / EFE

La Policía Local de Motril ha informado sobre la obligatoriedad del registro de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), en este caso de los patinetes eléctricos, en la Dirección General de Tráfico (DGT). Para el cumplimiento de este registro, los patinetes deben cumplir unos requisitos, cumplimentando una solicitud en la página web oficial de la DGT.

El Ministerio del Interior ha activado el Registro de Vehículos Personales Ligeros. Esta inscripción es un requisito legal indispensable para que los propietarios de VMP puedan contratar el seguro obligatorio exigido por la Ley 5/2025.

Para el cumplimiento de esta ley, los patinetes eléctricos deben ser registrados en caso de que tengan un peso superior a los 25 kilogramos y si pueden alcanzar una velocidad superior a los 14 km/h. La documentación necesaria para este registro y que debe ser presentada en la página web oficial de la DGT (sede.dgt.gob.es) es los datos del titular (o del tutor legal, si es menor de edad), el número de serie y certificado del patinete, la ficha técnica con las características del vehículo y el pago de la tasa administrativa. Este trámite tiene un coste de 8,67 euros.

Además, aquellos patinetes vendidos desde el 22 de enero de 2024 deben tener certificado de circulación, por lo que el ciudadano tendrá que registrarlo y, con la inscripción digital, solicitar la etiqueta identificativa o matricula. Es decir, una vez inscrito, se generará un número de placa para el vehículo. Además, se le entregará el certificado de inscripción digital en formato online con el que podrá adquirirse una etiqueta identificativa con el número de inscripción con el formato M XXXX LLL para colocarla en el VMP a modo de matrícula.

Para los VMP adquiridos antes del 22 de enero de 2024, no tendrán certificado de circulación, pero podrán utilizar estos vehículos hasta 22 de enero de 2027, siempre que estén registrado en la DGT y cuente con seguro. Es decir, en el caso de los VMP que no estén certificados, pero que pueden circular hasta el 22 de enero de 2027, no dispondrán de un número de certificado de inscripción. Por ello, dentro del formulario de inscripción, deberán indicar 'Vehículo no certificado' en el momento en el que se pida, pudiendo circular con el registro y seguro.

En este sentido, la Policía Local ha recordado la obligatoriedad también de contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra daños a terceros, en caso de accidente, pudiendo ser contratado con cualquier compañía que el ciudadano desee. Con este certificado de inscripción, también podrás solicitar la contratación del seguro obligatorio del VMP. La anotación del seguro en el Registro Nacional de Vehículos se realizará de forma telemática por el Consorcio de Compensación de Seguros en el día de la contratación.

Si el ciudadano cumple todo lo anterior y el patinete eléctrico está registrado, pero n cuenta con seguro, podrá recibir multas económicas que van entre los 202 a los 802 euros.

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