Salobreña comienza el proceso para limitar el tráfico de vehículos en el centro histórico
Señalan que se informará adecuadamente al público sobre la existencia de las cámaras y permitirán el ejercicio de los derechos de acceso y cancelación de las imágenes
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El Ayuntamiento de Salobreña comienza el proceso administrativo para controlar y limitar el tráfico en el centro histórico de la Villa con la aprobación de crear un registro de actividades de tratamiento de datos de videovigilancia. Se trata del primer paso imprescindible para poder instalar cámaras de seguridad en las calles de acceso y salida al casco histórico y aplicar posteriormente la correspondiente Ordenanza Municipal para la regulación del tráfico en esta zona.
El alcalde de Salobreña, Javier Ortega, explica que el objetivo último es la protección del conjunto histórico mediante la limitación, que no la prohibición, del acceso al mismo con vehículos. Para ello se instalarán cámaras de vigilancia en las calles de entrada y salida del casco antiguo, distinguiendo entre residentes y no residentes, ya que estos últimos podrán acceder pero con una limitación horaria de estancia en el mismo. Así las cámaras registrarán los vehículos que acceden identificando al matrícula y la hora, y en el caso de los no residentes, si no han respetado el tiempo permitido por la Ordenanzas municipales serán penalizados.
La instalación de dispositivos de videovigilancia para el control del tráfico en España está sujeta a un régimen jurídico específico que involucra tanto a las administraciones locales como a las autoridades estatales, dependiendo de la finalidad y el ámbito de uso de las cámaras.
Los ayuntamientos tienen competencias en materia de tráfico, estacionamiento y movilidad, según lo dispuesto en el artículo 25.2.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), lo que permite regular y gestionar el tráfico dentro de nuestro término municipal.
El concejal de Seguridad Ciudadana, Antonio Rodríguez, señala que "en este contexto, la instalación de cámaras para el control del tráfico, debe cumplir una serie de requerimientos normativos, entre ellos con la normativa de protección de datos personales y garantizar que las imágenes captadas se utilicen exclusivamente para fines relacionados con la regulación del tráfico".
Además, añadía, debe informarse adecuadamente al público sobre la existencia de las cámaras y permitir el ejercicio de los derechos de acceso y cancelación de las imágenes.
En el ámbito local, los ayuntamientos deben distinguir entre las finalidades de las cámaras: por una parte el control del tráfico, que no requieren autorización previa de la Subdelegación del Gobierno, pero deben cumplir con la normativa de protección de datos y garantizar el uso exclusivo para fines de tráfico, cuya disposición de regulación del tratamiento de datos se ha abordado en Pleno. Por otro lado, y en cuanto a seguridad ciudadana, requieren autorización previa de la Delegación del Gobierno, tras informe vinculante de la Comisión de Garantías de la Videovigilancia.
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