Ratificada la sanción a Cristiano Ronaldo
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Deberá cumplir dos encuentros, aunque el Real Madrid volverá a apelar
El Comité de Apelación desestimó el recurso presentado por el Real Madrid y mantuvo la sanción de dos partidos de suspensión impuesta al jugador portugués Cristiano Ronaldo por su expulsión en el partido ante el Málaga.
El Comité de Competición decidió dicha sanción el martes después de que el colegiado Miguel Ángel Pérez Lasa expulsara al portugués tras el golpe que le propinó al defensa del cuadro malaguista Patrick Mtiliga a los 70 minutos del partido de la pasada jornada liguera en el Bernabéu. El danés sufrió fractura de los huesos de la nariz y estará tres semanas de baja. El Comité sancionó a Ronaldo "por emplear juego peligroso causando daño que merma las facultades del ofendido" y multa al jugador con 600 euros y 180 al Real Madrid.
El club presentó un recurso por entender que en el acta arbitral existe "una falta de concreción del contenido" y que incumple "el principio acusatorio" y genera "indefensión", así como que "existió una errónea tipificación de los hechos contenidos en el acta arbitral" y una "errónea aplicación de la modulación de la sanción, invocando además las atenuantes de provocación suficiente y arrepentimiento espontáneo". En su escrito, el Madrid alega que al acta "le falta algo" ya que a su juicio el colegiado no describió si la expulsión fue decidida por actuar "de forma peligrosa o de forma violenta".
Apelación explica que "el árbitro actúa sólo como denunciante de unos hechos y no existe sanción hasta que no decide sobre ellos un comité disciplinario". "En este caso que nos ocupa, el recurrente trata de atenerse a una interpretación literal de los términos del acta para deducir que golpear con el brazo en la cara a un contrario provocándole una hemorragia nasal no supone relatar ninguna acción sancionable", agrega el Comité. Y añade que "si el árbitro no hubiera apreciado acción sancionable o intencionalidad alguna, no hubiese procedido a la expulsión del jugador, como hizo, ni a recoger la incidencia en el acta, lo que significa que ha de ser interpretada como describiendo una acción que el árbitro estimó sancionable, y que en sede disciplinaria se calificará y tipificará oportunamente". Apelación dice que no existe falta de concreción y considera que no hay nexo causal con otros precedentes.
El Real Madrid tiene la intención de presentar un recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva para reducir la sanción.
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