España

La Fiscalía recurre la absolución de Otegi por el mitin de Anoeta

  • El Ministerio Público manifiesta su disconformidad con la sentencia de la Audiencia Nacional, al considerar que el ex portavoz de Batasuna organizó el acto en el velódromo

La Fiscalía de la Audiencia Nacional recurrió ayer la absolución del ex portavoz de la ilegalizada Batasuna Arnaldo Otegi de un delito de enaltecimiento del terrorismo durante su intervención en un mitin en el velódromo de Anoeta el 14 de noviembre de 2004.

En su anuncio de recurso de casación, presentado ante la sección segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional -que dictó la sentencia absolutoria- para que lo remita al Tribunal Supremo, la Fiscalía manifestó su disconformidad con la absolución de Otegi y de otros dos miembros de la ilegalizada Batasuna que también participaron en ese mitin, Joseba Permach y Joseba Álvarez.

La Fiscalía pedía para los tres en el juicio 18 meses de prisión, pero la Sala les absolvió por entender que existen "serias dudas" de que diseñaran ese acto político en el que se exhibieron fotos de etarras y se repartió propaganda de la banda terrorista.

Otegi, no obstante, se encuentra actualmente en prisión provisional por tratar de reconstruir la ilegalizada Batasuna a través de un grupo denominado Bateragune y por la causa en la que se investiga la financiación de ETA a través de las herriko tabernas y que está pendiente de juicio.

En su sentencia, el tribunal se mostró muy crítico con los informes elaborados por la Guardia Civil, "tendentes a demostrar la responsabilidad de los acusados" y que, a su juicio, no aportaban datos externos que permitieran "mantener tal acusación" de la Fiscalía, sino "meras deducciones".

Mientras, la Audiencia Nacional acordó la apertura de juicio oral para Otegi, el ex secretario general de LAB Rafa Díez Usabiaga y otros seis dirigentes de la izquierda abertzale por tratar de reconstruir la formación ilegalizada a través del grupo Bateragune.

En un auto notificado ayer, la sección cuarta de la Sala de lo Penal decide la apertura del juicio oral y dar traslado al Ministerio Fiscal para que en el plazo de cinco días presente su escrito de calificación en el que constarán las penas que reclama para los procesados.

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