¿Agosto hábil? No, gracias

Los operadores jurídicos granadinos están en desacuerdo con la propuesta del ministro Gallardón, pues creen que no ayudará a agilizar la Administración de Justicia y además habrá que gastar en jueces sustitutos

Una sala de vistas de la Audiencia, desierta en un mes de agosto.
Una sala de vistas de la Audiencia, desierta en un mes de agosto.
Yenalia Huertas/ Granada

17 de junio 2012 - 01:00

Agosto es el mes de vacaciones por excelencia. También para la Justicia. Pero las cosas pueden cambiar. El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, piensa que "España no está para siestas" y ha propuesto declarar hábil el octavo mes del año, una idea que no ha sentado nada bien a los operadores jurídicos granadinos, que, en general, no creen que vaya a ayudar a agilizar la Justicia.

La propuesta de Gallardón no se materializará a corto plazo. Esto es, este año, agosto seguirá siendo inhábil judicialmente. Pero la idea es que el cartel de 'cerrado por vacaciones' acabe en el desván de los edificios judiciales. En cualquier caso, hay que dejar claro que los juzgados no cierran del todo en agosto. Es verdad que la actividad judicial deja de ser frenética durante este periodo vacacional, pero la Justicia sigue funcionando para atender ciertos trámites y asuntos urgentes.

En concreto, el artículo 183 de la Ley Orgánica del Poder Judicial señala, con carácter general, que "serán inhábiles los días del mes de agosto para todas las actuaciones judiciales, excepto las que se declaren urgentes por las leyes procesales (...)". Por jurisdicciones, en la Penal, la ley dice que el mes de agosto es hábil para todas las actuaciones judiciales en causas que se encuentran en fase de instrucción, así como para interponer y resolver recursos dentro de esa fase. En la Civil, "serán inhábiles los días del mes de agosto", sin perjuicio de que los tribunales puedan habilitar días cuando haya una causa urgente que lo exija. En lo Contencioso-Administrativo el mes de agosto es hábil, salvo domingos y festivos, mientras que en lo Social, los días del mes de agosto son inhábiles, salvo para los despidos, extinciones del contrato de trabajo, conflictos colectivos o modificación sustancial de las condiciones de trabajo, así como otros problemas de naturaleza laboral, como los relacionados con la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, las vacaciones o la materia electoral.

Para el juez decano de Granada, Francisco Sánchez Gálvez, la propuesta del ministro no es una medida que por sí sola vaya a solucionar ningún problema respecto de dilaciones en la Administración de Justicia. "Los funcionarios, secretarios y jueces tienen que seguir disfrutando de sus vacaciones, y para articular un sistema de señalamientos durante el mes de agosto, es decir que se siguiesen celebrando vistas con la misma frecuencia que el resto del año, tendría que suplirse mediante jueces sustitutos", indica el magistrado, advirtiendo del coste económico extra que comportarían para la Administración esas sustituciones.

Declarar agosto hábil también complicaría el disfrute de sus vacaciones a los profesionales -abogados y procuradores-, así como a los justiciables que vayan a ser citados durante ese mes. "A finales de julio y principios de septiembre, pero sobre todo a finales de julio, siempre hay problemas de incomparecencias de testigos, peritos e incluso de las propias partes en casos que no tienen mucha importancia, pues la gente está de vacaciones", comenta el juez, para insistir en que "la inhabilidad del mes de agosto no es un problema acuciante hoy por hoy, y nadie considera que repercuta en una dilación adicional en los procedimientos".

Mónica Navarro-Rubio, decana del Colegio de Procuradores de Granada, piensa igual. Cree que es una medida innecesaria y, además, contraproducente. "No vemos la necesidad de declarar agosto hábil cuando la ley ya contempla la posibilidad de que el juez pueda declarar hábiles los días que no lo son en las distintas jurisdicciones". La representante del colectivo también advierte de que si se realizan los mismos señalamientos de juicios que el resto del año habría que designar personal sustituto. "Hacer hábil agosto significará nombrar jueces sustitutos para los juicios y siempre es mejor que los procedimientos los finalicen los jueces titulares", agrega, a la vez que resalta que en este mes nunca se ha dejado de trabajar, pues "es hábil para todo tipo de procedimientos urgentes".

"Mal". Así lo ven también los abogados de Granada. "Parece que la única solución que tiene la Justicia es quitarle a los abogados el único mes que tienen de vacaciones, al que tienen derecho como cualquier hijo de vecino en este país", dice el decano de los letrados granadinos, Eduardo Torres. El representante de los abogados, que también resalta que para situaciones de absoluta urgencia agosto nunca ha sido inhábil, considera "intolerable" la medida anunciada, pues, como subraya, "existen otras medidas que agilizarían perfectamente la Administración de Justicia, como exigir vigilancia de horarios y cumplimiento de plazos, así como otras cosas que no se están haciendo y que si se hicieran no sería necesario declarar hábil agosto".

En definitiva, no es la medida que jueces, abogados y procuradores están esperando por parte del Ministerio, que ha anunciado muchas que siguen pendientes, como la propia demarcación, la oficina judicial, la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal o el expediente judicial. Todos ellos creen que existen muchos problemas que deberían de afrontarse con carácter mucho más urgente y con un beneficio mayor para la Administración de Justicia que el que pueda derivarse de declarar hábil el mes de agosto.

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