La Audiencia avala la actuación de Cañavate en la carretera de la Cabra

Al autorizar la obra, el ex vicepresidente de la Diputación se ajustó a los criterios técnicos

Cañavate, segundo por la derecha, en la presentación de las obras.
Efe / Granada

01 de mayo 2008 - 01:00

La Audiencia de Granada ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el fiscal contra el archivo de de la causa abierta al ex vicepresidente de la Diputación Gabriel Cañavate y al jefe de Carreteras de la institución, por presuntas irregularidades en las obras de la carretera de la Cabra.

Cañavate estaba acusado de delito ecológico, contra la protección de la flora y fauna, prevaricación y desobediencia en relación a la destrucción de un millar de plantas protegidas en la ejecución en agosto de 2005 de las obras de la Cabra, que el ex vicepresidente -en ese momento presidente en funciones- declaró urgentes.

En el auto, en el que la Audiencia confirma el sobreseimiento provisional y archivo de la causa dictado en su día por el Juzgado de Instrucción 7, el tribunal estima que Cañavate autorizó la ejecución de las obras, declaró su emergencia y sometió el informe ambiental a información pública con arreglo a los datos que los técnicos le dieron.

Ningún técnico, agrega, le indicó que el trámite de informe ambiental no fuera el adecuado para la preservación ambiental "y sí que las obras habían de acometerse con la máxima rapidez", pues la solución de urgencia que se le había dado a la carretera para restituir la seguridad vial -consistente en rellenar el escalón lateral con zahorra artificial compactada- había sido "inútil" y había provocado una bajada "alarmante de los niveles de seguridad".

El tribunal dice que basta ver las fotografías incorporadas al expediente "para entender que el riesgo para la vida e integridad física de los usuarios era máximo" y considera que las resoluciones de Cañavate no pueden calificarse de "arbitrarias" ni tienen encaje en el delito de prevaricación. Y ello porque no se constata que se haya "apartado a sabiendas de la ley para reemplazarla por su mera voluntad".

"Máxime cuando después resultó que no era indiscutible que hubiera de haberse seguido el trámite de evaluación de impacto ambiental", agrega el auto. El fiscal entendía que Cañavate podría haber prevaricado al aprobar, de forma simultánea a la autorización de ejecución de las obras, el informe ambiental, cuando el trámite necesario era el de evaluación de impacto ambiental.

Este último trámite, más exigente, habría puesto de manifiesto la afección de la especie vulnerable, a juicio del fiscal, para quien Cañavate habría pretendido así ejecutar la obra sin un control superior para evitar la participación de la Junta, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas la agencia de medio ambiente.

La Audiencia, que relata los pasos dados por la Diputación para la ejecución de las obras, entiende que del expediente administrativo no se deduce tal conclusión de haberlo sido, diera orden de continuarlas.

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