Granada

La Audiencia impide investigar el patrimonio de la familia de Chamorro

  • Deja fuera del caso de las audioguías al marido y las hijas de la ex número dos de la Alhambra, pero no se pronuncia sobre sus yernos

Victoria Chamorro, en una foto de archivo.

Victoria Chamorro, en una foto de archivo. / g. h.

La extensa investigación patrimonial dictada por el Juzgado de Instrucción número 4 de Granada en relación al caso de las audioguías no afectará, de momento, al marido y las dos hijas de la ex secretaria general de la Alhambra, Victoria Chamorro. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada ha estimado parcialmente el recurso de reforma que interpuso la que fuera número dos del Patronato contra la providencia dictada por el juzgado en la que se acordó investigar el patrimonio del círculo familiar de Chamorro, incluido su marido, sus dos hijas, su yerno y un amigo que la Policía considera pareja de una de sus hijas.

En su auto, con fecha de 1 de marzo, la Audiencia apunta que poco puede decir sobre la investigación patrimonial de los yernos de la exdirigente de la Alhambra, ya que han sido formalmente declarados partes del proceso en calidad de investigados. Puesto que ya han debido ser formalmente notificados de su implicación en la causa por su vinculación laboral con algunas de las empresas investigadas, "tienen la posibilidad de defender sus intereses sin necesidad de que lo haga por ellos la suegra y/o madre de una amiga". En su caso, por tanto, la investigación patrimonial cumple con los parámetros fijados, ya que aunque en su día la Audiencia vedó su extensión sobre personas solo identificables "por ser familiares, allegados o relacionadas personalmente con los querellados", su nuevo estatus de investigados.

El auto considera que no hay datos que justifiquen tal "invasión de la intimidad"

Dicho esto, la Sección Segunda de la Audiencia se centra en la intención del juzgado que instruye la causa de ampliar la investigación patrimonial al marido y a las dos hijas de Victoria Chamorro, poniendo de manifiesto que el "único argumento" que sustenta esta decisión es "la posibilidad de que los ya declarados investigados pudiesen haber desviado fondos ilícitamente obtenidos del Patronato a esas otras personas", incurriendo en un delito de blanqueo de capital. La Audiencia asegura que no puede "compartir esos argumentos", ya que el hecho de que las indagaciones policiales hayan identificado a los dos yernos de Chamorro con relaciones con el Patronato "no es bastante para someter a su esposo y sus hijas a semejante invasión de la intimidad".

El auto recuerda que la investigación patrimonial incluye indagar en su vida laboral, sus cuentas bancarias, su patrimonio mobiliario e inmobiliario, sus datos fiscales y sus declaraciones tributarias, y eso no está justificado por la sola "posibilidad" de que hayan actuado como testaferros de Chamorro o sus yernos, ayudándoles a ocultar el dinero supuestamente defraudado por los investigados. "No nos basta como indicio justificante de la injerencia judicial el único que se posee en este momento: la sola relación familiar o sentimental de estas personas con los investigados". Tampoco es válido el argumento de que se trata de una "práctica habitual", como aseguraba el Juzgado, en la investigación penal de hechos similares.

La Audiencia apunta que "sólo si se obtuvieran indicios ciertos" de que los formalmente investigados han obtenido ganancias injustificadas que no refleje su situación patrimonial, podría "reorientarse" la investigación hacia los familiares de Chamorro, ya que de momento "no hay datos que permitan vincularles con los fondos supuestamente defraudados". El auto apunta que tanto el marido como las hijas de la exsecretaria general de la Alhambra verían conculcadas sus garantías procesales si no se adoptara esta decisión, ya que al no estar imputados no gozan de derechos como la asistencia letrada o la posibilidad de ser oídos en declaración.

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