El Ayuntamiento de Granada, condenado a nombrar a policías locales que debieron tomar plaza hace dos años
Tribunales
El juez da la razón a un grupo de opositores que aprobaron el proceso pero se quedaron sin plaza
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Granada acaba de condenar al Ayuntamiento de Granada a que amplíe el nombramiento de los agentes de Policía Local que tomaron su plaza tras un proceso de selección llevado a cabo en 2021. Ahora tendrá que incorporar a once empleados más y reconocerles sus derechos administrativos y económicos desde hace casi dos años.
El Ayuntamiento de Granada convocó en 2019 unas oposiciones para 40 plazas de Policía Local en turno libre y otras 9 en turno de movilidad sin ascenso. Y éste es el número de agentes que finalmente obtuvieron su plaza, a pesar de que aprobaron el examen 51. Los otros once, que tenían peor nota que los anteriores, se quedaron sin puesto en la Policía Local de Granada. Ocho de ellos recurrieron a la justicia en un proceso que ha llevado el letrado granadino José Manuel Urquiza.
La esencia del recurso se fundamenta en que las bases de aquel proceso selectivo incluyeron un añadido que ha resultado vital. El número de plazas por turno libre era de 40, pero ese número estaba "condicionado a las que resulten vacantes entre el día de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y antes de la realización del último ejercicio de la fase de oposición".
Sí hubo plazas vacantes, pero el Ayuntamiento optó por incluirlas en otra oferta de empleo público de años posteriores. Los aspirantes que aprobaron ese concurso pero se quedaron sin plaza consideraron que esas vacantes debían haberse acumulado a las 40 iniciales, de modo que recurrieron primero en el Ayuntamiento, que desestimó su pretensión alegando que la cobertura de las plazas debe de estar amparada en una oferta pública de empleo y por eso se incluyeron las vacantes posteriores en una oferta posterior.
El juez Rafael Rodero Frías, en una sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, da la razón a los recurrentes mediante una sentencia dictada el pasado 14 de julio y sostiene que la base de la convocatoria es "nítida y no deja lugar a ninguna confusión, pues muestra la voluntad clara de la Administración en el momento de su redacción de que se amplíe el número de plazas inicialmente convocadas con las que resulten vacantes hasta la fecha de la realización del último ejercicio de la fase de oposición". Añade el magistrado que eso no es potestativo, sino obligatorio. También expone el juez la tradicional expresión de "la ley del concurso".
También tiene en cuenta el juez el antecedente de otro proceso selectivo del Ayuntamiento de Granada para el cuerpo de Bomberos, donde se hizo una acumulación de plazas similar a la que establecían las bases de este concurso.
De este modo el juez accede a la petición de los recurrentes de la ampliación de plazas en los términos de la convocatoria, limitadas a las que se publicaron en la oferta de empleo público del año posterior, que fueron 18. El número de plazas a ampliar es, pues, suficiente para incluir a todos los que aprobaron el examen en 2021.
El juez ordena al Ayuntamiento de Granada que "formule nueva propuesta de nombramiento como Policías Locales en prácticas en favor de los demandantes por adjudicación de las plazas vacantes acumuladas al proceso, en tanto que opositores que superaron la fase de oposición debiéndoles reconocer los efectos administrativos y económicos de tales nombramientos desde la fecha en que debieron producirse los mismos".
El nuevo gobierno local del PP se encuentra ahora con esta sentencia que afecta a la política de personal y al presupuesto en el siempre sensible capítulo uno. La decisión judicial afecta a un proceso selectivo que inició el anterior gobierno del PP con Cs y que culminó el PSOE tras el cambio de gobierno a mitad de mandato.
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