Bankia deberá devolver lo invertido en acciones por un empleado
El Juzgado de Primera Instancia número 12 de Granada ha dictado una sentencia pionera que, por primera vez, condena a Bankia a devolver el dinero invertido por un empleado, director de oficina de la entidad bancaria en la capital granadina, en la compra de acciones con motivo de su salida a bolsa.
La titular de este juzgado, María Cristina Martínez de Páramo, declara nula la adquisición de acciones realizada por el director de oficina y un familiar, al entender que la información ofrecida por la entidad con motivo de la Oferta Pública de Suscripción (OPS) no se correspondía con una realidad cierta y veraz, sino que únicamente buscaba que invirtieran en las acciones.
Según consta en el fallo, "no basta cumplir con la información dispuesta de forma regulada sino que el contenido de la misma debe ser objetivo, veraz y fidedigno y ello respecto a los beneficios y pérdidas de Bankia se ha demostrado que lo informado no era real".
En la sentencia, el juzgado considera "constatado" que durante el proceso de comercialización de las acciones por Bankia en los meses previos a su salida a bolsa en julio de 2011 "omitió la información real de su situación patrimonial y de su real solvencia económica". Del interrogatorio de la parte actora, como se recoge en la sentencia, se determina que el director de la oficina y su familiar compraron las acciones porque creían veraces los datos económicos y financieros del folleto. Además, considera igualmente probado "que a los propios empleados de Bankia se les instaba para adquirir acciones".
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