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Caso del coronel de la Guardia Civil compinchado con los narcos: La Audiencia de Granada rectifica y lo condena a 7 años de cárcel y 6 millones de multa

Caso del coronel de la Guardia Civil compinchado con los narcos: La Audiencia de Granada rectifica y lo condena a 7 años de cárcel y 6 millones de multa

Caso del coronel de la Guardia Civil compinchado con los narcos: La Audiencia de Granada rectifica y lo condena a 7 años de cárcel y 6 millones de multa / Archivo

El caso del coronel de la Guardia Civil compinchado con los narcos para permitir la llegada de drogas a Granada ha dado un nuevo giro con la última sentencia de la Audiencia de Granada, que lo absolvió tras el juicio de 2019 y ahora lo condena a 7 años y 3 meses de prisión, al pago de una multa de 6,1 millones de euros y a 7 años de inhabilitación para empleo o cargo público por los delitos contra la salud pública y cohecho.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial cumple así de alguna manera con lo señalado por el Tribunal Supremo, que revocó la primera sentencia absolutoria tras ser juzgado en 2019 por permitir en 2006 la entrada de toneladas de hachís por la costa granadina a cambio de dinero.

En la primera sentencia, la Audiencia consideró que los hechos, aunque probados, habían prescrito. La Fiscalía y la acusación popular ejercida por la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) recurrieron al Supremo, que recientemente les dio la razón y revocó el fallo. En la resolución se deslizaban ciertos reproches, al advertir de la "gravedad" de los hechos cometidos por el acusado y de la "falta de lógica y racionalidad" de la sentencia de la Audiencia. Así que ordenó que las actuaciones se retrotrajeran al momento de la deliberación y redacción de la sentencia.

El tribunal sí condena ahora al coronel, que en el momento de los hechos tenía mando en todas las operaciones antidroga de la provincia. En la nueva sentencia se tiene en cuenta la "extraordinaria gravedad" de los hechos declarados probados, en los que concurre por tanto la agravante que evita su prescripción. Además de su condición de funcionario público. 

Por el delito contra la Salud Pública, es condenado a 5 años de prisión y a una multa de 6 millones de euros. Por el de cohecho, la pena es de 2 años y 3 meses de cárcel más, otros 120.000 euros de sanción y una inhabilitación especial para empleo o cargo público de 7 años. 

Así fue la entrada de hachís

En la sentencia, la Sala considera probado que en 2005, cuando el acusado era comandante Jefe de la Policía Judicial de la provincia de Granada, la Guardia Civil tuvo conocimiento de la disposición de dos personas a colaborar en operaciones para interceptar hachís cuando tratasen de introducirlo por el litoral de Granada.

Tras volver de sus vacaciones y tener conocimiento de la existencia de estos dos confidentes, el acusado se entrevistó con ellos y, según ha dictaminado la Audiencia, acordó con uno de ellos la "realización de una serie de operaciones de entrada de hachís procedente de Marruecos en territorio nacional por playas de la zona de Motril".

El acuerdo se estructuró en tres fases: dos primeros alijos de una cantidad aproximada de 2.000 kilos de hachís cada uno, en los que el acusado se encargaría de impedir la interceptación de la droga por los agentes, asegurando su entrada efectiva para ser destinada a la venta; así como un tercer alijo de inferior calidad para su aprehensión por la Guardia Civil, en cantidad que permitiese aparentar que toda la sustancia introducida (la de los tres alijos) era interceptada.

En ejecución de este plan, entre febrero o marzo de 2006, el comandante ordenó la formación de un dispositivo de vigilancia en la Playa Venta de Baños, donde llegó una embarcación procedente de Marruecos y se produjo el desembarco de una cantidad indeterminada de fardos, de peso no precisado, que fueron cargados por porteadores no identificados en un camión pequeño. A continuación, este vehículo salió de la playa sin que se produjera intervención de los agentes y no se controló el lugar en que la sustancia fue depositada, de modo que los fardos "nunca fueron recuperados".

En fechas posteriores se realizó una segunda operación de desembarco que no es detectada por la Guardia Civil y transcurrido un tiempo se acordó "la realización de una entrega de sustancias estupefacientes que debería considerarse la tercera fase de la operación, a realizar el 2 de mayo de 2006, destinada a ser interceptada".

Dos lanchas transportaron 153 fardos de 25 kilos cada una que se introdujeron en una furgoneta que salió de la playa en una caravana precedida por el coche del acusado y en otra que es abandonada en la misma playa, huyendo las personas que la habían alijado en las mismas embarcaciones en las que habían llegado.

La furgoneta, precedida por el acusado, se dirigió a una edificación cercana a la playa donde es abandonada y su conductor huyó. Se intervinieron un total de 3.986 kilogramos de hachís, todos producto de este último desembarco, sin que se produjeran detenciones, ni figurara en el atestado los nombres de los participantes. Como contraprestación por su colaboración en la realización de los mencionados alijos, el acusado recibió unos 120.000 euros, según declara probado la sentencia.

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