Condenado por apropiarse de 49.000 euros para cursos de formación de una empresa

El acusado era consejero delegado de una entidad dedicada a la gestión de subvenciones

Y. H. Granada

29 de mayo 2014 - 01:00

La Audiencia Provincial de Granada ha condenado a un año y medio de prisión a D.G.L., de 39 años, por apropiarse indebidamente de unos 49.000 euros destinados a cursos de formación. Lo hizo siendo consejero delegado de una empresa dedicada a la gestión de subvenciones para actividades formativas. En este caso, las subvenciones eran de las que la Fundación tripartita para la Formación de Empleo (FORCEM) concede a las empresas para la formación entre sus empleados.

La resolución, que ha sido dictada con la conformidad de las partes, declara probado que el procesado "realizó una serie de disposiciones" de una cuenta de la entidad para la que trabajaba, en la que FORCEM había ingresado 118.768 ,52 euros con destino a las ayudas concedidas a una empresa de negocios inmobiliarios "para la financiación de un plan de formación".

En concreto, el acusado realizó el 20 de enero de 2003 un reintegro efectivo de 100 euros , "cargando el mismo día un recibo de telefónica por importe de 129,85 euros y realizando una transferencia a la cuenta de su novia por importe de 600 euros".

El día 24 de enero efectuó otro reintegro por importe de 100 euros y, por último, el día 27 de ese mismo mes cobró con cargo a la referida cuenta un cheque por importe de 48.000 euros, "apropiándose de las cantidades sin consentimiento de los socios" de la entidad para la que trabajaba.

El tribunal señala además que "el paso decisivo" para la apropiación del dinero de la subvención se materializó en el impreso para la aceptación de las condiciones para la financiación de los planes de formación en el que había que facilitar los datos bancarios para la transferencia de la ayuda concedida y en el que "falsificó" la firma" del representante legal de la empresa inmobiliaria beneficiaria de los cursos.

La sentencia considera a D.G.L. autor de un delito de apropiación indebida y de otro de falsedad en documento privado, en cuya ejecución tomó parte "directa y dolosa", y estima que ha concurrido en el caso la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas por el tiempo transcurrido hasta su enjuiciamiento.

El procesado habrá de indemnizar además a la empresa inmobiliaria con 60.000 euros.

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