Granada

Condenan al Ayuntamiento de Santa Fe a pagar horas extras a la Policía

  • Dos agentes logran en la vía contenciosa que se les abonen las casi 100 horas de más que han trabajado en 2010 y 2011

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de la capital ha condenado al Ayuntamiento de Santa Fe a pagar a dos agentes de la Policía Local las 98 horas que cada uno trabajó de más en los años 2010 y 2011, según consta en las sentencias a las que ha tenido acceso este diario.

Las resoluciones, dictadas a mediados de noviembre y que no pueden ser recurridas, estiman de este modo los recursos que ambos policías interpusieron contra el silencio administrativo guardado por el consistorio ante la petición de que se les reconocieran esas horas extras: 49 trabajadas en 2010 y otras tantas en 2011.

Dado que en el Reglamento regulador de la Organización y Planificación integral de Recursos Humanos consta que la gratificación por servicios extraordinarios es de 18,39 euros la hora, el Consistorio santaferino habrá de abonar a cada uno de los agentes 1.802 euros.

Esta cantidad se multiplicará en breve, pues, según las fuentes judiciales consultadas por este diario, son nueve más los policías que han iniciado procesos para reclamar lo que ya ha dicho la Justicia que les corresponde. Y ésa es la importancia de las sentencias conseguidas por estos dos agentes, que han estado representados por el letrado granadino Domingo Domingo, que es abogado del SIP-AN, sindicato al que pertenecen ambos policías.

De hecho, como confirmó el propio letrado a este diario, hace unos días que pidió en el juzgado "la extensión de los efectos de esas sentencias a todos los demás procedimientos abiertos por el mismo objeto, que afectarían a un total de 9 policías más".

De este modo, si las cuentas no fallan y a todos se les contabilizan las mismas horas extras, el dinero que el Ayuntamiento tendría que abonar al final a todos los recurrentes ascendería a casi 20.000 euros.

En cuanto a los razonamientos del juzgado, que son los mismos en ambas resoluciones -de ahí a que se haya pedido que se apliquen al resto de casos-, el órgano considera acreditado que los dos policías realizaron "49 horas extraordinarias en el año 2010 y en el año 2011".

El juzgado recuerda que, de acuerdo con la documentación que acompañaba a la demanda de ambos policías, el calendario laboral fijado en 2011 por la Junta de Gobierno Local de Santa Fe establecía que el cómputo horario anual máximo para todos los empleados locales era de 1.445 horas anuales totales. Sin embargo, ambos agentes trabajaron en realidad un total de 1.494 horas, que eran las establecidas en el convenio que regula los turnos de servicio de la Policía Local con prestación de servicio de 24 horas.

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