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Conoce el calendario fiscal para autónomos y pymes de 2019

  • Incluye todas las fechas a tener en cuenta con obligaciones fiscales

Es conveniente conocer qué impuestos hay que pagar y en qué fechas.

Es conveniente conocer qué impuestos hay que pagar y en qué fechas.

Para autónomos y pymes es importante poder planificar el trabajo a lo largo de un año. Todo empresario o trabajador necesita saber con exactitud qué impuestos debe pagar y en qué plazos. Sage ha elaborado el siguiente calendario fiscal, un documento de consulta gratuito que puede ser descargado en pdf y que contiene toda la información fiscal y legal para el año que acaba de empezar. Es un documento muy visual, que puede ser impreso y fácil de comprender para todo tipo de usuarios.

Este calendario incluye todas las obligaciones a cumplir mes a mes, así como contenidos que han de ser de utilidad para realizar las gestiones fiscales y legales: modelos de impuestos más comunes para pymes y autónomos y su descripción, fechas límites para la presentación de dichos impuestos y recomendaciones prácticas.

El calendario de eventos legales de 2019 es una herramienta muy útil tanto para asesores legales y financieros como para clientes. Ha de agrupar los principales hitos de la labor del asesor durante el año. Ayudará a mejorar la planificación financiera, puede contribuir a estrechar la colaboración entre diferentes departamentos de una empresa y perfeccionará la gestión de todos los trámites con Hacienda y la Seguridad Social.

Novedades fiscales en 2019

Este año los autónomos y pymes han de afrontar nuevas obligaciones fiscales y mercantiles. Estos cambios responden, habitualmente, a la necesidad de adaptarse a cambios sociales y a nuevas realidades económicas en el país. El calendario fiscal de 2019 incorpora estos cambios y simplifica la adaptación a los mismos, propiciando lo que se denomina “gestión invisible”, un ideal en cualquier sistema de administración empresarial.

A partir de 2019, algunas empresas y particulares deberán presentar dos nuevos modelos ante las administraciones tributarias:

  • Modelo 179. Se trata de una declaración informativa trimestral de la cesión del uso de viviendas con fines turísticos. Con este trámite las administraciones tratan de controlar un fenómeno que está en auge en los últimos años y que preocupa a algunos sectores sociales: el significativo aumento de viviendas con fines turísticos en muchas localidades españolas y su contratación a través de plataformas digitales.
  • Modelo 233. Es una declaración informativa relacionada con gastos en guarderías o centros de educación infantil. Esta declaración ha de ser presentada por los centros autorizados y en ningún caso por padres o tutores. Puede ser presentada hasta el 15 de febrero.

Fechas a tener en cuenta en el calendario fiscal de 2019

Renta y patrimonio. El plazo para presentar por Internet las declaraciones de renta y patrimonio comenzará el 2 de abril. Si la liquidación sale a devolver, podrá ser presentada hasta el día 1 de julio. Si el contribuyente ha de pagar, la fecha límite es el 26 de junio. En cuanto a la declaración de la renta presencial, podrá ser efectuada el 14 de mayo.

Retenciones del IRPF. Los modelos 111 y 115 de retenciones de IRPF han de ser presentados de forma trimestral. Estos dos modelos hacen referencia, respectivamente, a los rendimientos del trabajo y de actividades económicas y a las rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de bienes urbanos. En enero, el plazo cumple el día 21.

Autoliquidación del IVA. El modelo 303 es presentado durante los primeros 20 días de los meses de abril, julio y octubre. El cuarto trimestre del año ha de ser presentado en los 20 primeros días del mes de enero. Por lo general, el sujeto pasivo del IVA es el empresario o profesional que efectúa entregas de bienes o servicios gravados con este impuesto.

Operaciones con terceras personas. El modelo 347 es una declaración informativa de operaciones efectuadas con terceras personas. Ha de ser presentado si han sido realizadas operaciones por un valor superior a 3.005,06 euros durante el año natural. El plazo para presentar este modelo da comienzo el 1 de febrero y concluye el último día del mismo mes.

Pagos fraccionados de sociedades. El modelo 202 es el de pagos fraccionados de sociedades. Están obligadas a presentar este modelo todas las empresas que tributen en el impuesto de sociedades, cuyo volumen de operaciones en el ejercicio anterior haya sido superior a 6.010.121,04 euros o si en dicho ejercicio hayan obtenido beneficios. Este modelo se presenta tres veces al año, del 1 al 20 de abril, octubre y diciembre.

Declaración anual de sociedades. Para muchas empresas, es el trámite fiscal más complejo. El impuesto de sociedades es un tributo directo que grava la renta obtenida por parte de diversas entidades jurídicas que operan en el territorio español. La mejor opción para cumplimentarlo es contar con un asesor especializado. El calendario de Sage puede desempeñar aquí una labor fundamental pues cumplimentar adecuadamente este impuesto requiere de una buena planificación fiscal. La fecha límite para entregarlo es el 25 de julio.