Educación pedirá los antecedentes penales a los profesores en prácticas

La Junta da dos días de plazo a quienes quieran trabajar con niños para aportar la certificación del Registro de Delitos Sexuales

Los opositores que consigan plaza, también deben tramitar el certificado.
Los opositores que consigan plaza, también deben tramitar el certificado.
A. Asensio Granada

26 de junio 2016 - 01:00

Los estudiantes que hagan prácticas en centros educativos también estarán obligados a presentar la certificación negativa del Registro de Delitos Sexuales. Se avanza así en el desarrollo de la Ley 26/2015 que exige que cualquier profesional que tenga contacto habitual con menores debe aportar información sobre sus antecedentes penales, en concreto sobre las sentencias firmes sobre delitos contra la libertad sexual. Para ello se creó un Registro Central de Delincuentes Sexuales, al que hay que solicitar una certificación negativa en el caso de que se quiera optar a un trabajo relacionado con menores. Esto afecta tanto a docentes como a monitores de actividades extraescolares e incluso a quienes prestan servicios como conductor de autobús escolar.

Las últimas instrucciones de la Junta afectan tanto a los docentes como a los funcionarios del Servicio de Inspección provincial como a los estudiantes "que realicen o pretendan realizar prácticas en los centros docentes, así como auxiliares de conversación".

La Administración da dos opciones para cumplir con esta obligación para quienes quieran acceder a un puesto docente. Es más, recomienda una de ellas, la de dar autorización a la Consejería de Educación para que sea ella la que recabe información del Registro de Delincuentes Sexuales. La Junta argumenta que esta vía permite "atender con prontitud la atención del servicio educativo". La otra opción que da la Administración educativa es que el interesado lleve a la Delegación provincial el certificado. Eso sí, tiene dos días hábiles para conseguirlo y dárselo a Educación.

Para los que ya son funcionarios también se ofrece la posibilidad de autorizar a la Administración para que sea ella la que gestione la información con el Registro Central. El profesor también puede llevar el certificado a la Delegación. Para cumplir con este trámite -por cualquiera de las dos vías- se da un plazo de diez días a partir de la publicación de la instrucción, el pasado 20 de junio.

En el caso de que la certificación sea positiva -es decir, que haya una condena firme- se tomará como "medida cautelar" el "apartamiento provisional e inmediato de la persona afectada". Tras ser apartado, se abren varias opciones, que van desde el traslado forzoso al cese o despido, en función del tipo de desempeño profesional y de las circunstancias. Así, por ejemplo, para el profesorado de Religión se determinará el "cese definitivo". Por contra, para el personal laboral fijo o funcionarios de carrera se prevé la reubicación.

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