Enrique Sanjuán, un lojeño en la "cruzada" contra las cláusulas suelo

El magistrado granadino ha conseguido que el Tribunal de la UE elimine la limitación temporal de la devolución de las cantidades cobradas

Sanjuán trabaja en la actualidad en la Audiencia Provincial de Almería.
Sanjuán trabaja en la actualidad en la Audiencia Provincial de Almería. / P. Castillo
Paco Castillo

Loja, 09 de enero 2017 - 02:36

La Nochebuena de este año fue aún más extraordinaria para cientos de miles de personas en toda Europa, fundamentalmente en España y el Reino Unido. Unos días antes se emitió la directiva del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por la que se amplía la retroactividad total de la devolución de las cantidades cobradas por las entidades financieras en las cláusulas suelo. Unas cláusulas que, como es sabido, se incorporaron a muchos de los prestamos hipotecarios que se concedieron desde principios del milenio.

Y una de las personas que han hecho posible esta realidad es un magistrado lojeño, Enrique Sanjuán Muñoz, que hace un par de años inició una particular "cruzada" ante la justicia europea para que el tribunal comunitario se pronunciase sobre la retroactividad de la nulidad de las cláusulas suelo porque, en su opinión, la doctrina que se venía aplicando en España no estaba en línea con la normativa europea.

Según explica el juez lojeño, que en este momento ejerce como magistrado en la Sección I de la Audiencia Provincial de Almería, en marzo de 2015 planteó una cuestión prejudicial ante el TJUE, que ha acabado dándole la razón en su defensa de que "si una sentencia dice al ciudadano que la cláusula suelo no se le puede aplicar porque no la comprendió o no se le explicó, cómo le dice ahora que sólo le van a devolver lo que paga a partir de mayo de 2013", cuestiona Sanjuán.

Y es que el Tribunal Supremo (TS) de España había establecido una limitación de la devolución de las cantidades al dinero pagado desde el 9 de mayo de 2013, que es la fecha de la sentencia del TS que declaraba abusivas las cláusulas de varios bancos, pero los eximía de devolver lo cobrado de más hasta esa fecha "con el argumento de que hacerlo por la totalidad podría suponer un impacto muy duro para el sistema financiero y la economía española". Sin embargo, el magistrado entendía que eso rompía la doctrina tradicional e inició una dura y larga batalla que ha tenido tan eficaz y acertado desenlace.

Enrique Sanjuán inquirió al TJUE si el principio de "no vinculación" que proclama el artículo 6.1 de la Directiva 93/13/CEE (que supone la imposibilidad de que las cláusulas abusivas puedan afectar al consumidor) es compatible con una interpretación que determine que la declaración de nulidad de una cláusula por abusiva, no suponga la nulidad de los efectos que ha producido durante su vigencia, así como si es lícito que los tribunales moderen "la devolución de las cantidades que haya pagado el consumidor en aplicación de la cláusula, posteriormente declarada nula desde el origen por defecto de información y/o transparencia".

Informa el magistrado, con destino actual en la Audiencia Provincial de Almería, que una vez que se planteó esta cuestión para un caso, "el resto de los asuntos quedan pendientes de los tribunales de justicia, e incluso el TS suspendió todos sus asuntos pendientes a partir de que yo planteé este tema, hasta tanto se pronunciara la justicia europea".

Cuando así lo hizo, continúa explicando Sanjuán, eso supuso una serie de procedimientos como es dar traslado a los Estados, a la Comisión Europea y al Abogado General (que es una especie de Fiscal General a nivel comunitario), "y todos se pronunciaron y sólo fueron dos los países que se posicionaron en contra, España y el Reino Unido", mientras que la Comisión Europea y el Abogado General se alinearon con la tesis del magistrado. Y el pasado 21 de diciembre se produce la gran noticia, el TJUE se pronuncia "y lo dice tajante y claramente: si es nulo, lo es desde el principio, por lo tanto hay que devolver al ciudadano todo lo que pagó".

Enrique Sanjuán considera que esta es una victoria social, afirma que está satisfecho del trabajo llevado a cabo y que en la prensa pueden leerse dos posiciones, "por un lado la que sostiene que sí, que es una conquista de la realidad social, y por otro la que teme que esta resolución pueda afectarnos a los ciudadanos en general porque las entidades financieras traten de recuperar esas cantidades devueltas a través de otros productos y servicios, y al final lo paguemos todos". Una dicotomía que sólo podrá resolver el futuro, pero, en cualquier caso, matiza más adelante Sanjuán, "yo creo que es una cuestión de justicia, pues sólo habrá una forma de saber si se hace justicia o no, y es tener certeza jurídica. Si el TJUE incluso hubiera dicho otra cosa, por lo menos habríamos tenido eso, seguridad jurídica, que es en el fondo lo que quieren los ciudadanos".

Es fácil pensar que a partir de este momento el número de asuntos que lleguen a los juzgados se multipliquen, pero que podría haberse evitado o aminorado si, como dice el magistrado lojeño, "el Gobierno de España se hubiera pronunciado con anterioridad y hubiese dictado una norma que facilitara que el ciudadano viese solucionado su problema sin necesidad de ir a los tribunales, y que esta vía sólo hubiese sido necesaria en los casos que no encontraran otro remedio".

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