Consejo Consultivo

Estiman indemnizar a una paciente de Granada que esperó 7 años una operación

  • Fue atropellada cuando circulaba en moto y sufrió una doble fractura en el fémur y la rodilla

  • No constan informes que acrediten el empeoramiento con el paso del tiempo

achada del palacio de Bibataubín, sede del Consejo Consultivo de Andalucía.

achada del palacio de Bibataubín, sede del Consejo Consultivo de Andalucía. / G. H.

El Consejo Consultivo de Andalucía (CCA) ha dictaminado que el Servicio Andaluz de Salud (SAS) debe indemnizar con 5.000 euros a una paciente que, tras sufrir un accidente y ser intervenida, esperó siete años para una segunda operación que estaba programada para corregir lesiones.

Este órgano consultivo, con sede en Granada, ha emitido un informe desestimando las pretensiones del Servicio Andaluz de Salud (SAS) y con el que atiende de forma parcial las de una paciente atendida en el hospital Virgen de las Nieves de Granada.

Esta paciente fue atropellada cuando circulaba en moto, un accidente que le provocó una fractura abierta de fémur derecho con acortamiento del miembro, hidrartros en rodilla derecha y un segunda fractura que se produjo de rótula en la rodilla izquierda.

La accidentada fue operada marzo de 2001, pero años después denunció una mala praxis en esa intervención y un retraso injustificado en una segunda operación, hechos por los que reclamó una indemnización de 183.776 euros.

Según el dictamen del Consultivo, la interesada consideró una negligencia la primera operación, que le dejó con una pierna en rotación importante y daños y perjuicios.

Durante más de trece años la administración no ha remediado con una segunda operación la rotación descrita, que ya se sospechó un mes después pero que no respondió a una negligencia.

El Consultivo ha apuntado que los informes médicos incluyeron una "evolución tórpida de las lesiones" que ocasionó artrosis de rodilla, por lo que ya en 2006 se le planteó una segunda operación. "La operación se realizó correctamente siguiendo la técnica y protocolos existentes, si bien el resultado no fue el esperado por las propias características de la fractura sufrida", ha resumido la parte del dictamen dedicada a la primera cirugía.

Por otro lado, la paciente se incluyó en el Registro de Demanda Quirúrgica en 2006 para esa segunda intervención; en 2008 y sin que se conozcan los motivos, fue dada de baja; y reclamó en 2013, año en el que se le volvió a incluir en la lista y fue operada.

Que la paciente tardara tanto en reclamar su operación no exonera el negligente proceder del SAS, según el Consultivo, que ha aclarado que de los informes médicos no se desprende que haber realizado la operación antes hubiera ofrecido mejores resultados.

"Lo que resulta indiscutible es que ha existido una deficiente asistencia sanitaria al no poner a disposición de la paciente los medios necesarios en tiempo", ha estimado el CCA, que apunta un "anormal funcionamiento" en la gestión de las listas de espera que ha provocado que la paciente espere una operación programada durante siete años.

Ante la falta de informes que acrediten que el lapso de tiempo transcurrido ha generado un empeoramiento de la lesión de la reclamante y peor pronóstico de su tratamiento, el Consultivo ha estimado que procede indemnizar a la reclamante con 5.000 euros.

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