Granada

Exámenes sin pinganillos

  • Hasta el Defensor Universitario llegó el dilema entre llevar velo o mostrar las orejas para descartar el uso de elementos electrónicos

Por un lado, es "ajustado a derecho" que un alumno cubra su cabeza. Puede ser por diversos motivos, como el velo para las musulmanas, o por cuestiones de salud. Por otro, existe el "derecho del profesor de controlar" que los estudiantes que asisten a una evaluación realicen los exámenes con la máxima limpieza. Hasta el Defensor Universitario, Antonio Ángel Ruiz Rodríguez, llegó el dilema entre los dos derechos, un caso ocurrido en la Universidad de Granada hace unos meses y sobre el que, asegura, se llegó a un acuerdo y ambas partes "quedaron satisfechas".

De un lado, una alumna expuso que tenía derecho a llevar el hiyab, un pañuelo que cubre la cabeza y deja ver el rostro. En este sentido, el defensor indica que portar esa prenda no dificulta la identificación del alumno -el tercer derecho que debe tenerse en cuenta en este tipo de situaciones-, por lo que puede usarse. De otro, un docente de la UGR requirió que la alumna mostrase que no llevaba ningún dispositivo electrónico para la realización de un examen. "Y para eso hay que observar la oreja", relata el Defensor. Ante estos casos, Ruiz Rodríguez realizó un "pronunciamiento" con el fin de garantizar que todas las partes mantuvieran sus derechos y hubiera "cordialidad". En este sentido, aclara que la revisión de las orejas "se puede hacer en un lugar discreto", que garantice por un lado el control de los examinadores y por otro la intimidad de los alumnos.

La norma aclara que no se pueden portar aparatos electrónicos en las pruebas

Aquel dilema se solventó, según recuerda el defensor, de una forma amistosa. "Fue un caso excepcional", reseña Antonio Ángel Ruiz Rodríguez, que también recuerda que de la Universidad de Granada dependen los campus de Ceuta y Melilla, donde existe una notable población musulmana.

¿Qué dice la normativa? El texto, que explica cómo ha de ser la evaluación y la calificación de los estudiantes de la Universidad de Granada, publicado en noviembre de 2016, indica que "los estudiantes están obligados a actuar en las pruebas de evaluación de acuerdo con los principios de mérito individual y autenticidad del ejercicio". "Cualquier actuación contraria -como puede ser intentar copiar- dará lugar a la calificación numérica de cero, la cual no tendrá carácter de sanción".

Sobre el uso de pinganillos, la normativa especifica que "el estudiante que utilice cualquier material fraudulento relacionado con la prueba, o porte aparatos electrónicos no permitidos (ya sean de audición, audiovisuales, de medición del tiempo o de teléfono móvil) deberá abandonar el examen". Sobre estos objetos no permitidos, "el profesorado encargado podrá retener, sin destruirlo, cualquier objeto involucrado en la incidencia". Existe una salvedad: "Si algún estudiante necesitara estar comunicado por algún motivo justificado, deberá informarlo previamente al profesor, que adoptará las medidas oportunas". En la normativa no existe ninguna referencia a la indumentaria.

En la gestión de casos similares al que llegó hace unos meses al despacho del Defensor prima el hecho de hacer efectivo el control de los exámenes y, por otro lado, procurar que ningún estudiante se sienta incómodo. Una docente, que en la última convocatoria de Selectividad estuvo en una de las sedes de exámenes, indica que cuando una alumna lleva velo se le señala que tiene que dejar visibles las orejas durante todo el examen, para garantizar que no se haga uso de los famosos pinganillos. En el caso de que la alumna se sienta incómoda, la situación se solventa entre las dos partes sobre la marcha. "Cuando vemos que se siente incómoda, les pedimos que se sienten en la parte de atrás del aula", donde queda fuera del alcance de la vista de sus compañeros y, a la vez, puede hacer el examen.

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