Tribunales

FCC tiene que devolver 276.000 euros a la Junta por el conflicto de la limpieza en Granada

FCC tiene que devolver 276.000 euros a la Junta por el conflicto de la limpieza en Granada

FCC tiene que devolver 276.000 euros a la Junta por el conflicto de la limpieza en Granada / archivo

El Tribunal de Cuentas ha confirmado la sentencia que condena a Fomento de Construcciones y Contratas (FCC) a devolver a la Junta de Andalucía 276.222,24 euros que recibió para resolver el conflicto laboral entre los sindicatos y las empresas que prestaban el servicio de limpieza pública de Granada.

En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, la Sala de Justicia desestima el recurso de apelación presentado por FCC y su división de Medio Ambiente contra la sentencia dictada el 25 de febrero de 2019 por el Departamento Segundo de la Sección de Enjuiciamiento, que condenó a la mercantil y a Francisco Javier Guerrero, exdirector de Trabajo y Seguridad Social de la Junta, a devolver el dinero.

FCC recurrió y alegó que su responsabilidad contable había prescrito porque no fue avisada de las irregularidades hasta que en febrero de 2014 se lo comunicó el Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, que se encargó de la rama penal del caso, y además no supo de la investigación del Tribunal de Cuentas hasta marzo de 2015.

La Sala de Justicia recuerda que los fondos fueron entregados el 3 de febrero y el 15 de noviembre de 2007 con sendas transferencias de 100.000 euros y 176.222,24 euros, respectivamente, pero establece que entre ese año y 2015 hubo “hechos que interrumpieron el plazo legal de prescripción”. Uno es la incoación de las diligencias previas 174/2011, es decir, la causa de los ERE de la Junta, en el marco de las cuales “consta la declaración en condición de testigo” del entonces responsable de relaciones laborales de FCC en Andalucía, el 19 de enero de 2012.

La Sala, además, ratifica que las empresas “recibieron de manera manifiestamente irregular un dinero público sin procedimiento previo” para un objetivo que no era de interés general.

Para el Tribunal, el hecho de que prestasen un servicio público no justifica “sin más” las ayudas, y que las aceptasen aun sin haberlas pedido, en un “contexto jurídico notoriamente ilegal”, implica que su participación “en la pérdida injustificada” de fondos públicos fue “decisiva”.

Respecto al argumento de que no dudaron de la legalidad del procedimiento porque provenía de la Junta, la Sala lo desestima y replica que la actuación de Guerrero fue “tan abierta y groseramente ilegal” que no podía generar “ninguna confianza”.

Por estos mismos hechos, el Juzgado de Instrucción 6 de Sevilla dictó el 14 de febrero auto de apertura de juicio oral contra nueve personas, entre ellas el exdelegado de la Consejería de Empleo en Granada Luis Rubiales, para quienes la Fiscalía Anticorrupción solicita tres años de cárcel y que seis de ellas indemnicen a la Junta con 552.444,48 euros.

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