Municipal

Granada actualiza su ordenanza de limpieza e incluirá como sanción no limpiar los orines de los perros

  • La ordenanza actual es de 2010 y hay que adaptarla a la nueva legislación europea y nacional

  • Se obliga a crear una red de puntos limpios suficientes o a implantar el contenedor marrón

  • En paralelo a la nueva adjudicación del servicio 

Granada actualiza su ordenanza de limpieza para adaptarla a Europa

Granada actualiza su ordenanza de limpieza para adaptarla a Europa / G. H.

Granada está en pleno proceso de renovación de su ordenanza de limpieza para adaptarla a la normativa europea y a los últimos requerimientos sobre limpieza viaria y gestión de residuos. Está en consulta pública previa, por lo que ahora todos los vecinos podrán aportar ideas y sugerencias a través de la web municipal. 

Con la nueva ordenanza el principal objetivo que se persigue es el de "regular en una sola norma los aspectos esenciales de la organización y funcionamiento de la gestión del servicio público de limpieza pública, recogida, transporte, tratamiento y eliminación de residuos sólidos urbanos en el término municipal de Granada, con un tratamiento integral", de ahí la necesidad de elaborar una ordenanza que le confiera mayor grado de seguridad jurídica y que finalmente permita articular el nuevo modelo de gestión, así como regular las prestaciones patrimoniales que en todo caso deban de exigirse por el mismo.

El Ayuntamiento tiene ahora una ordenanza, vigente desde 2010, en la que se recogen por ejemplo las obligaciones para el mantenimiento de la limpieza así como sanciones en caso de incumplimiento. Por ejemplo, echar la basura fuera del contenedor o fuera de hora, no recoger los excrementos de los animales. Precisamente, los excrementos de los animales serán foco de la nueva norma y en concreto los orines. Ya se actúa con más contundencia sobre los excrementos con la campaña 'El marrón más caro del mundo' y ahora se pretende incidir en los orines para que sean cada vez más los ciudadanos que van con su mascota pero también con una botella para luego echar sobre el orín y evitar olores y mejorar su limpieza.

El plazo de participación está abierto hasta el 1 de junio. Según el área, es para adaptarse a la nueva ley y una de las cosas a recoger expresamente es la de los excrementos líquidos de los animales, "para que se contemple con infracción no limpiarlos con agua".

Problemas a solucionar

Se señalan varios problemas a solucionar con esta ordenanza. Los servicios de limpieza viaria y de gestión de residuos municipales tienen carácter obligatorio por ley y corresponde a cada ayuntamiento la ordenación, gestión, prestación y control de los servicios de limpieza viaria, así como la de la recogida y tratamiento de residuos sólidos urbanos o municipales, incluida la planificación, programación y disciplina, "ocupando las ordenanzas reguladoras un papel central en la definición de todo este sistema", recoge el documento.

Con la aprobación de una nueva ordenanza se pretende actualizar el régimen jurídico local existente adaptándola a la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, que ha sido objeto de transposición al ordenamiento jurídico interno español a través de la recientemente aprobada Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular.

Así, se establece como servicio obligatorio, en todo su ámbito territorial, la recogida, el transporte y el tratamiento de los residuos domésticos en la forma en que establezcan sus respectivas ordenanzas. A estos efectos, se deberá disponer de una red de recogida suficiente que incluirá puntos limpios o, en su caso, puntos de entrega alternativos que hayan sido acordados por la entidad local para la retirada gratuita de los mismos. La prestación de este servicio corresponde a los municipios que podrán llevarla a cabo de forma independiente o asociada.

Asimismo, les corresponde aprobar programas de gestión de residuos para las entidades locales de conformidad con los planes autonómicos y estatales de gestión de residuos; recopilar, elaborar y actualizar la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la legislación en materia de residuos y suministrarla a las comunidades autónomas en particular la información relativa a los modelos de recogida, a los instrumentos de gestión, a las cantidades recogidas y tratadas, especificando el destino de cada fracción, incluyendo la información acreditada por los productores de residuos comerciales no peligrosos, cuando estos residuos no sean gestionados por la entidad local. Debe ejercer la potestad de vigilancia e inspección y la potestad sancionadora en el ámbito de sus competencias.

Se pueden elaborar estrategias de economía circular, programas de prevención, gestionar los residuos comerciales no peligrosos en los términos que establezcan sus respectivas ordenanzas, debiendo motivar en las mismas los sistemas de gestión propios obligatorios establecidos al respecto.

A través de sus ordenanzas, se podrá obligar al productor o a otro poseedor de residuos peligrosos domésticos o de residuos cuyas características dificultan su gestión a que adopten medidas para eliminar o reducir dichas características o a que los depositen en la forma y lugar adecuados.

Con respecto a la limpieza viaria habrá que actualizar el régimen de prestación del servicio, definir las obligaciones al respecto con respecto a espacios públicas y privados que afecten a la limpieza, la seguridad, la salubridad y ornato público. Actualizar el elenco de obligaciones y prohibiciones con respecto a la limpieza, como por ejemplo pudiera la conducta que deben tener los dueños o tenedores de animales domésticos con sus deposiciones o los orines, debiendo portar los elementos necesarios para proceder a su retirada o limpieza (bolsas, botellas con líquido para limpiar la orina, etc.)

En la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una economía Circular se establecen una serie de objetivos, siendo uno de ellos establecer la recogida separada de distintas fracciones, como por ejemplo la orgánica (el nuevo contenedor marrón), obligando al Ayuntamiento a ampliar el número de contenedores puestos a disposición de la ciudadanía.

Aparte de la gestión de los residuos comerciales, la introducción de la posibilidad de establecer precios públicos, se plantea asimismo la posibilidad de integrar los sistemas de retorno de envases, la recogida puerta a puerta, etc.

"Habiendo decidido el Pleno del Ayuntamiento Granada optar por la continuidad de la gestión indirecta, encontrándose en proceso la elaboración y aprobación de los Pliegos del futuro Contrato para la limpieza pública, recogida y transporte de los residuos de carácter municipal en nuestra ciudad, y en general, la realización de actividades dirigidas a la gestión integral de los residuos sólidos urbanos, así como a la limpieza de los espacios públicos del municipio, fomentando actividades tendentes a conseguir objetivos de sostenibilidad ambiental del Ayuntamiento de Granadas, se hace necesaria la aprobación de una nueva ordenanza municipal reguladora de las actividades referidas", justifica el documento de exposición pública, donde dice que no hay alternativa de regulación diferente a la ordenanza para solucionar los problemas expuestos.

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