Granada

Igual que la Ciudad del Fútbol, en Las Rozas

  • Los peritos citan la sentencia que anuló la cesión de terrenos a la Federación Española

El Tribunal Superior de Madrid anuló en 2014 el convenio de cesión de los terrenos a la Federación Española.

El Tribunal Superior de Madrid anuló en 2014 el convenio de cesión de los terrenos a la Federación Española. / g. H.

Los inspectores de la Junta de Andalucía encargados de hacer los informes periciales del caso Nazarí sostienen que las instalaciones privadas del complejo deportivo Campus y el edificio de la Universidad construido en la misma parcela contravienen la ley y para ello citan un antecedente muy conocido en toda el país, que fue el conflicto surgido en 2014 por la anulación del convenio entre el Ayuntamiento de Las Rozas (Madrid) y la Real Federación Española de Fútbol para la construcción de la Ciudad Deportiva del Fútbol, donde habitualmente entrena la Selección Nacional.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó una sonada sentencia en la que consideraba que los terrenos de dominio público destinados al uso deportivo con los que contaba aquel Ayuntamiento madrileño "no pueden ser objeto de tráfico jurídico privado". El municipio había cedido en 1998 los 120.000 metros cuadrados a la Federación Española para construir sus instalaciones, que no eran utilizadas para el uso y disfrute general de todos los ciudadanos, como establece la ley para este tipo de suelos.

El Ayuntamiento de las Rozas tuvo que anular un convenio firmado 16 años antes

16 años después de aquella cesión y cuando la Federación ya había realizado allí inversiones tasadas en 46 millones de euros, el Tribunal anuló aquella cesión de terrenos y tumbó el convenio. Los peritos judiciales del caso Nazarí citan el párrafo de la sentencia en la que los magistrados dicen: "Las Administraciones Públicas territoriales son las únicas que pueden ser titulares de bienes demaniales". Y más adelante, agregaban que "el uso que otorga el convenio impugnado a la Real Federación Española de Fútbol no es el del uso o servicio público que caracteriza a los bienes demaniales", que son aquellos que la Administración no puede vender, como calles o plazas.

Los inspectores de la Junta consideran que este caso es un ejemplo muy similar al del sistema general deportivo del Campus, en Granada, y ofrece una base legal a sus argumentos sobre la falta de encaje legal de las actuaciones desarrolladas allí estos años.

En el caso de Las Rozas, la situación se arregló con un nuevo procedimiento por parte del Ayuntamiento, esta vez de concesión a la Federación Española de Fútbol, por una serie de años, de tal modo que los terrenos nunca dejaban de ser propiedad municipal. Además, se acordó que los campos de fútbol pudieran ser utilizados parcialmente por parte de la ciudadanía, a través del Ayuntamiento u otras asociaciones. De este modo se daba cumplimiento al requisito de uso público marcado en la ley.

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