El Consejo Consultivo de Andalucía (CCA) ha dictaminado a favor de indemnizar a una mujer que sufrió una caída en la calle al meter una pierna en una arqueta sin tapa. Los hechos ocurrieron en una localidad del Área Metropolitana y la indemnización se ha fijado en 18.300,96 euros.
Según el dictamen del Consultivo “es un hecho probado la realidad del accidente denunciado, el cual se produjo en el lugar indicado por la reclamante. Así lo corrobora la Policía Local”. Según especifica el dictamen, dos agentes fuero al lugar de los hechos tras ser avisados del accidente por teléfono. Allí encontraron a la mujer con unos familiares. La herida “presentaba un estado de dolores y lesiones conforme al accidente sufrido cuando caminaba por la acera metiendo una pierna en una arqueta que se encontraba descubierta, siendo trasladada por sus familiares al Hospital de Rehabilitación y Traumatología Virgen de las Nieves de Granada”.
Los agentes de la Policía Local “comprobaron la existencia de la arqueta mencionada y su mal estado”. La arqueta “de alumbrado público” no tenía tapa “por lo que se encuentra completamente al descubierto en medio de la acera, con un profundidad aproximadamente de unos 80 centímetros y de ancho unos 50 centímetros de lado aproximado”.
El encargado general de obras del Ayuntamiento de la localidad también certificó “la existencia de la arqueta y el mal estado de la misma”, señala el dictamen, que abunda en que “todas las pruebas indiciarias permiten tener por cierto el relato de la reclamante, el cual no ha sido puesto en duda por la Administración consultante”.
Como consecuencia de la caída, la reclamante “sufrió lesiones de cierta entidad para cuya sanación precisó de asistencia sanitaria. En concreto, presentó fractura luxación Lisfranc en el pie izquierdo, habiendo sido sometida la accidentada a intervención quirúrgica”, apostilla la resolución, que zanja que “procede estimar la existencia de “responsabilidad patrimonial al haber resultado acreditada la relación de causalidad entre el daño invocado y el funcionamiento del servicio público.
Sobre la cuantía, la reclamante solicitó un total de 37.740,03 euros, mientras que la Administración cuantificó en 18.300,96 euros la indemnización. “Vista la valoración realizada por la interesada y la efectuada por la Administración, examinada la documentación médica aportada al expediente y el informe pericial emitido a instancia de la compañía aseguradora del Ayuntamiento, este Consejo Consultivo considera que resulta correcto cuantificar la indemnización a abonar a la reclamante en 18.300,96 euros”.
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