Tribunales

Juana Rivas tiene que ingresar en la cárcel: el juez de Granada que la condenó ordena su arresto antes de 15 días

  • Tras la decisión del Supremo de rebajar la pena a dos años y medio, el Juzgado ha ordenado a las fuerzas de seguridad que le lleven a la madre de Maracena. Tendrá que esperar el posible indulto en prisión

Juana Rivas durante el juicio

Juana Rivas durante el juicio

Juana Rivas tendrá que entrar en la cárcel antes de 15 días. El juez de lo Penal 1 de Granada ha acordado la detención y entrada en prisión de Juana Rivas, una vez que el Tribunal Supremo ha establecido ya una condena firme de dos años y medio de privación de libertad por no haber entregado a sus hijos al padre, el italiano Francesco Arcuri, en el verano del 2017. La madre de Maracena tendrá que esperar desde prisión la decisión del Gobierno sobre el indulto que ha pedido. 

En un auto de este mismo jueves, el juez Manuel Piñar dispone que "no ha lugar" a la suspensión de la pena de Rivas, por lo que acuerda su arresto y entrada en la cárcel, librando oficio a las fuerzas de seguridad para que, en plazo no superior a 15 días, presenten en el juzgado a la condenada.

También se la requiere para que abone la indemnización de 12.000 euros, y se dirige un exhorto al Registro Civil -donde conste inscrito el nacimiento de sus hijos- para que se proceda a la anotación de la privación de la patria potestad por periodo de seis años.

El juez argumenta que, dado que la pena de prisión impuesta finalmente por el Tribunal Supremo a la vecina de Maracena es superior a dos años, "no precede" su suspensión.

El abogado de esta vecina de Juana Rivas, Carlos Aránguez, ha señalado que esta decisión le parece "muy injusta" y, dado que todavía no se ha resuelto el indulto solicitado al Gobierno, va a presentar este mismo jueves un recurso contra el auto del juez Manuel Piñar.

El titular del Juzgado de lo Penal 1 de Granada fue el encargado de enjuiciar en su día a Rivas y ha sido el que ha acordado ahora su inmediato ingreso en prisión, una vez que el Tribunal Supremo sentenció sobre este caso.

La defensa de Juana Rivas pretende que pueda quedar "sin efecto" su entrada en la cárcel "en tanto se resuelva el mencionado indulto", según ha informado en una nota de prensa.

Los hechos tuvieron lugar en el verano del 2017, cuando la madre permaneció un mes en paradero desconocido junto a sus dos hijos para no entregarlos al padre con el argumento de protegerlos frente a él, el italiano Francesco Arcuri, quien en 2009 fue condenado por lesionarla y al que ella volvió a denunciar por maltrato en 2016.

Tras varios requerimientos para que devolviera a sus hijos y después de que su expareja denunciase la desaparición, la acusada entregó a los dos niños un mes después en Granada.

La Audiencia de Granada y el Juzgado de lo Penal número 1 de Granada apreciaron que la acusada había cometido dos delitos de sustracción de menores, uno por cada niño, incumpliendo las resoluciones judiciales que le obligaban a su entrega al padre que ostentaba la custodia de los mismos por disposición judicial.

El Tribunal Supremo consideró finalmente que, aunque el artículo 225 bis del Código Penal siempre se refiere al "menor", en singular, el título donde se ubica la norma, alude a las relaciones familiares, de ahí que finalmente la condenara por un solo delito a la pena de dos años y seis meses de prisión, además de la pérdida de la patria potestad. 

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