Tribunales

El Jurado declara no culpable a exalcalde de Castril juzgado por el supuesto mal uso de móvil

  • En la primera sesión del juicio ya negó haber contratado con su teléfono móvil municipal de forma voluntaria servicios de tarificación especial

El Jurado declara no culpable a exalcalde de Castril  juzgado por el supuesto mal uso de móvil

El Jurado declara no culpable a exalcalde de Castril juzgado por el supuesto mal uso de móvil

Un jurado popular ha declarado este jueves no culpable al excalcalde de Castril José Juan López Ródenas (PSOE), enjuiciado en la Audiencia de Granada después de que el Ayuntamiento de esa localidad lo acusara de malversación por supuesto mal uso de un teléfono móvil municipal.

Este veredicto absolutorio, que ha sido leído esta tarde en la Sección Primera, se produce después de que la Fiscalía solicitara, en sus conclusiones definitivas y al igual que la defensa del procesado, la absolución López Ródenas al considerar que no había pruebas suficientes para determinar la existencia de delito.

En declaraciones a EFE y tras conocer la decisión del jurado, el exregidor se ha mostrado "muy satisfecho" y ha dicho que su absolución supone "un alivio enorme" tras muchos años "de machaque", en los que se le ha querido relacionar con líneas eróticas cuando, en realidad, él fue víctima de una estafa a través de su terminal telefónico.

En la primera sesión del juicio ya negó haber contratado con su teléfono móvil municipal de forma voluntaria servicios de tarificación especial, que supusieron unos cargos adicionales en facturas de algo más de 1.500 euros.

El exalcalde defendió su inocencia, explicó que no tenía conocimiento de la contratación de servicios de mensajería 'prémium', y enmarcó lo ocurrido en una posible estafa telefónica probablemente originada por un virus.

"Al final se ha hecho justicia, en el anterior veredicto no fue así", ha recordado esta tarde López Ródenas, quien llegó a estar condenado por este mismo caso a seis meses de suspensión de cargo público por malversación y al pago de 1.800 euros después de que otro jurado popular lo declarara antes culpable.

No obstante, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ordenó la repetición del juicio al estimar el recurso formulado por su defensa y al que se adhirió la Fiscalía.

La acusación particular, ejercida por el Ayuntamiento a través del letrado Rafael Revelles, pedía que el exregidor fuera condenado a 21 meses de inhabilitación para cargo público y a una multa de 3.240 euros

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