Tribunales Granada

El TSJA desestima el recurso de la Universidad de Granada y avala que se paguen quinquenios y sexenios a un grupo de profesores doctores interinos

  • Los docentes estiman que la decisión puede beneficiar a unos 80 trabajadores de la UGR, y a cientos a nivel de toda Andalucía

  • La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo

Hospital Real, sede del Rectorado de la Universidad de Granada.

Hospital Real, sede del Rectorado de la Universidad de Granada. / Antonio L. Juárez (Photographerssports)

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de la Universidad de Granada (UGR) contra la sentencia de mayo de 2020 del Juzgado de lo Social 6 de Granada y avala el pago de unos 70.000 euros a un grupo de cinco docentes doctores interinos en concepto de quinquenios y sexenios, que dejaron de abonarse en 2018.

Según explican los docentes afectados, "el asunto se remonta al año 2018; durante ocho meses, la UGR abonó los complementos específicos por investigación (sexenios) y por méritos docentes (quinquenios) a los Profesores Contratados Doctores Interinos. El conflicto se generó cuando, en el mes de septiembre, sin mediar explicación alguna, la UGR dejó de abonarlos".

Tras aquello, un grupo de cinco profesores decidió demandar a la UGR. La juez reconoció el derecho de los trabajadores, pero la UGR recurrió ante el TSJA. Ahora este tribunal ha dictado sentencia que ratifica la del Juzgado, aunque queda abierta la posibilidad de recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de la doctrina.

Según manifiesta el letrado que ha representado a los demandantes, Antonio Jesús Martínez Líndez, la sentencia, de 29 folios, "supone un hito para los Profesores Contratados Doctores Interinos de toda Andalucía, pues demuestra que no hay ningún criterio legal para no abonar los complementos retributivos de quinquenios y sexenios a dicho grupo de trabajadores". Según la estimación de los demandantes, en la Universidad de Granada podrían beneficiarse unos 80 profesores interinos, y calculan que en toda la comunidad podrían ser cientos los docentes en esta situación, aunque se desconoce el alcance, ya que "los datos oficiales obran en poder de las Universidades Andaluzas", indican los docentes.

En la sentencia se determina que "carece de cualquier justificación objetiva" el pago de los complementos al personal docente fijo "para negarlo en cambio a los trabajadores temporales que acrediten esas mismas condiciones de antigüedad en el puesto de trabajo y en iguales condiciones que las del personal fijo".

Asimismo, los demandantes destacan que en la sentencia se señala que la UGR "ha venido a establecer sin más fundamento que el de la naturaleza temporal de sus contratos, respecto de los trabajadores demandantes un criterio a virtud del cual habría venido a modificar el contrario que había sostenido hasta el momento, pues fue como se vio, la figura del profesor doctor contratado interino se estableció sobre la basede la realización de la misma actividad y percepción de las mismas retribuciones que los contratados con la misma categoría y carácter fijo". "Se aduce al efecto como único fundamento lo establecido en el acuerdo de la Mesa de Negociación de 27 de febrero de 2018, que no hace sin embargo mención expresa en materia retributiva a los profesores contratados interinos, aunque sí prevé determinados pactos relativos a la estabilización de su situación laboral. Circunstancia que no excluye la necesidad de aplicación de los principios genéricos anteriormente establecidos y puestos de relieve por la doctrina jurisprudencial, relativosa la necesaria aplicación de una igualdad retributiva entre el personal temporal y el personal contratado indefinido, de no constar la existencia de elementos diferenciadores entre ambos supuestos que vinieran a justificar dicho trato diferenciado".

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