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El TSJA absuelve a un abuelo acusado de abusar de sus cuatro nietas menores de edad en un pueblo de Granada

El TSJA absuelve a un abuelo acusado de abusar de sus cuatro nietas menores de edad en un pueblo de Granada

El TSJA absuelve a un abuelo acusado de abusar de sus cuatro nietas menores de edad en un pueblo de Granada / G. H.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la absolución de Antonio R. G. un hombre acusado de aprovechar el tiempo de vacaciones que pasaba en Orce con sus cuatro nietas, todas menores de edad, para abusar sexualmente de ellas.

La Sala de lo Civil y Penal del alto tribunal ha desestimado el recurso interpuesto por la Fiscalía y, en una sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, ha confirmado la sentencia absolutoria dictada por la Audiencia de Granada.

Los hechos se remontan a las vacaciones de Semana Santa y verano de 2014, 2015 y 2016 cuando el procesado pasaba tiempo con sus cuatro nietas, nacidas entre 2002 y 2006, en un pueblo de la provincia de Granada.

Según la primera sentencia dictada por la Audiencia de Granada, durante esos períodos el abuelo le hizo a las menores masajes y cosquillas en los pies y las axilas, sin que haya quedado probado que tocase zonas íntimas de las niñas o hiciese que ellas se las tocasen a él.

El Ministerio Fiscal solicitó la nulidad del juicio por infracción de garantías procesales ya que no se tomó declaración a las víctimas y se sustituyó esa prueba por el visionado de sus testimonios como prueba preconstituida, aunque el audio de ese vídeo era de muy mala calidad.

Según el TSJA, la Fiscalía debió pedir entonces la declaración de las menores o incluso la suspensión del juicio, pero aceptó el devenir de las pruebas.

La sentencia también ha desestimado una mala valoración de la prueba, ya que los padres y el personal médico contó lo que las menores habían dicho, y ha subrayado que el equipo de Asesoramiento Técnico Penal de Barcelona que examinó a tres de las niñas concluyó que era imposible valorar la credibilidad de las menores.

También ha restado valor al hecho de que el acusado reconociera en primera instancia un relato que después ha negado y, ante la falta de pruebas, ha confirmado la sentencia absolutoria.

Contra esta nueva sentencia cabe interponer recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo

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