Tribunales

TSJA revoca la condena a un cliente que falsificó la minuta de un abogado

  • Fue condenado por la Audiencia de Granada a seis meses de prisión y multa

Sede del TSJA en Granada.

Sede del TSJA en Granada. / G. H.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a un cliente que fue condenado por un delito de falsificación de documento privado a seis meses de prisión y multa por haber modificado una minuta presentada por un letrado de Granada para su cobro en concepto de honorarios de servicios profesionales. La sentencia del Alto Tribunal andaluz, a la que ha tenido acceso EFE, ha estimado el recurso presentado por el hombre que fue condenado por la Audiencia de Granada, cuya sentencia ha sido revocada íntegramente, con todos los pronunciamientos favorables, incluyendo el del pago de las costas. 

En la resolución, el TSJA explica que el acusado fue condenado como autor de un delito de falsificación de documento privado en concurso aparente de normas con otro de estafa procesal, por haber modificado una factura o minuta presentada por un letrado para su cobro en concepto de honorarios de servicios profesionales, añadiéndole de puño y letra la expresión "pagado", y haber presentado dicho documento en un procedimiento de jura de cuentas.

En su recurso de apelación, la defensa del condenado adujo la vulneración de garantías procesales al haberse admitido la testifical del procurador que representa en esta causa a la acusación particular, y error en la valoración de la prueba. El TSJA, que indica que la factura en cuestión "estará pagada, o no lo estará", ha considerado para la absolución que no consta prueba de que lo esté, ni desde luego lo prueba un documento a efectos civiles.

"A efectos penales, donde la carga de la prueba corresponde a la acusación, tampoco puede afirmarse que no hubiera ningún pago, total o parcial, como afirma el acusado. Lo único que está probado es que el documento analizado no es un recibo, pero ello es tan evidente, que no puede atribuirse a la conducta del acusado -presentar dicha factura en el procedimiento civil de jura de cuentas- el carácter de 'engaño bastante' que caracteriza a la estafa procesal", ha indicado.

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