El Ayuntamiento de Granada estudia recurrir el pago al empresario de la discoteca del Serrallo
Abel Pizarro también estudia el recurso de la misma al bajar la cantidad solicitada de casi 2 millones de euros a medio millón
Las secuelas del caso Serrallo: El Ayuntamiento de Granada tendrá que pagar casi medio millón de euros al empresario de la discoteca
"Se está estudiando". Es lo que se traslada desde el Ayuntamiento de Granada sobre el posible recurso a la sentencia adelantada por este periódico que condena al Consistorio al pago de casi medio millón de euros a Abel Pizarro, el empresario de la discoteca del Serrallo que reclamó judicialmente una compensación patrimonial por la caducidad y posterior nulidad de la sentencia de la sala de fiestas a raíz del Caso Serrallo y la imposibilidad de desarrollar el negocio. Contra la sentencia cabe recurso ante la sala de lo Contencioso del TSJA y desde el Ayuntamiento de Granada se asegura que se está estudiando esa posibilidad. Pero también está estudiando recurso el propio empresario, que reclama más cantidad.
La sentencia, de este 7 de enero, de la Sección de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Instancia de Granada estima parcialmente el recurso del empresario Abel Pizarro, que llegaba a pedir 1,8 millones de euros. El tribunal considera que el agente principal del daño causado al empresario es el Ayuntamiento de Granada pero que solo se le debe indemnizar, dentro de los conceptos que pidió, por la restitución de la inversión, que fue de 415.00 euros; y por daño moral, que rebaja a 20.000 euros, además de 213 euros testimoniales por daño emergente. Todo eso suma la cantidad de 435.213 euros, a lo que hay que sumarle intereses generados en la cantidad más alta desde 2016, fecha de la primera reclamación patrimonial al Ayuntamiento, y en las otras dos desde mayo de 2023. Rechaza el tribunal en su totalidad la indemnización por lucro cesante y valor residual de la unidad generadora de efectivo, de ahí la rebaja significativa de la cantidad ya que esas cantidades se consideran por el juzgado "meras expectativas o sueños de fortuna" del empresario ya que antes de comprar la sala de fiestas conocía que la actividad ya no se estaba desarrollando desde muchos meses antes, por lo que el negocio no estaba en plenitud.
En la respuesta a la demanda comunicada por el Ayuntamiento de Granada al tribunal se incide en la postura municipal, que es la de exponer la variación de cantidades entre la primera reclamación de 2016 sobre la caducidad de la licencia de apertura y funcionamiento de la discoteca, y el escrito de 2023, que la alteraba, por lo que consideraba el Ayuntamiento que no podía ser la misma reclamación, argumento que tumba el tribunal al sí considerarla la misma aunque modificada. La capital impugnaba en su respuesta el daño y la cuantificación que realizaba Pizarro porque "no puede reclamarse por los daños irrogados por la caducidad de la licencia que fue consentidad y porque es improcedente que de la reclamación inicial solo por el gasto de adquisición de 415.000 euros se pase a cerca de dos millones de euros, cuando nunca habría podido realizarse la actividad, lo que no puede dar lugar a responsabilidad". Además, decía el Consistorio que "en ningún caso la restitución de la inversión en el local arrendado puede pedirse al Ayuntamiento de Granada, puesto que no adquirió de esta cantidad y además incumplió la obligación legal de solicitar la autorización previa para adquirir un derecho sobre un bien inmueble objeto de cocncesión administrativa, así como la improcedencia del daño moral por falta de acreditación de los presupuestos para ello".
La sentencia finalmente sí declara la responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento pero tira a la baja en la pretensión económica de Pizarro, contemplando solo la recuperación de la inversión que ya se incluía en la primera reclamación de 2016 y dejando el daño moral de 100.000 euros que se pedían a 20.000, de ahí que también estudie recurso.
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