Las casetas tradicionales tendrán que poner sevillanas en el Corpus
Urbanismo ultima la nueva ordenanza para 'poner orden' en el recinto ferial
La anterior tiene 20 años y está obsoleta
El tiempo pasa volando. Tanto es así que la ordenanza que regula el ferial del Corpus ha cumplido en 2018 la friolera de 20 años. Fue en 1998 cuando el Ayuntamiento aprobó este documento para unos terrenos entonces de carácter provisional. Sin embargo, y pese a los múltiples intentos de llevarse la celebración a otros terrenos, las instalaciones continúan siendo el espacio para las fiestas mayores. Así, Urbanismo ha optado por redactar una nueva norma que aumenta las sanciones de las infracciones posibles y aclara multitud de situaciones hasta entonces ambiguas y, que por tanto, eran difíciles de perseguir.
La nueva ordenanza recoge un amplio texto que apuesta por conservar la tradición. La Federación de Caseteros ha sido uno de los colectivos que ha impulsado con más insistencia este hecho para evitar que el Corpus se convierta en un conjunto de casetas disco a ritmo de regaeton. Lo primero que se ha hecho es dividir el tipo de caseta en tradicionales, institucionales y comerciales. Las primeras tendrán unas características que viene específicamente recogidas y que incluyen por ejemplo la prohibición de luces de colores, fijos o destelleantes en la caseta. Tampoco se podrá atenuar el color y mantener en penumbra la instalación. Además, la ordenanza tiene previsto acabar con la imagen de jóvenes que acosan a los asistentes con publicidad. Así, otro de los puntos destaca que "no se podrán realizar actividades de promoción en el recinto ferial que ofrezcan productos o descuentos al público general". Es decir, se acabaron los jóvenes regalando paella gratis en cada esquina.
La decoración de los módulos de acceso, que constituirán el zaguán de la caseta, "se cuidará al máximo, utilizando materiales tradicionales y al menos un farol granadino que irá pendiente de la pirámide. Dentro, deberá incluir una pista de baile y, por sus altavoces, sonará especialmente música tradicional: sevillanas y rumbas. Esta petición, trasladada expresamente por la Federación de Casetas ha sido incluida en el texto que se presentará hoy en comisión de Urbanismo de cara a la aprobación definitiva en el pleno del mes de abril. Otra de las alegaciones que ha sido recogida en el nuevo texto es la que se refiere a los horarios. La nueva ordenanza concreta que el horario de cierre establecido para institucionales y tradicionales será hasta las 5:00 ampliándose hasta las 6 en días festivos y vísperas de festivo. En el caso de las casetas comerciales, será hasta las 7 de la mañana, hasta las 8 los días festivos y vísperas de festivos.
Gran parte de esta ordenanza denota un auténtico esfuerzo por la regulación del acceso y circulación de equinos de montura y enganches por el ferial. Por ejemplo, esta nueva normativa prohibe el amarre de cualquier tipo de animal a casetas, árboles, farolas, protectores de arbolado o señales de tráfico. Esto acaba con la típica situación de varios animales atados a la barandilla de una caseta con los problemas de higiene que ello supone. Pero además, la ordenanza especifica con detenimiento todos los permisos, condiciones y uso de los animales que además podrán ser supervisados por los inspectores medioambientales que denunciarán ante la autoridad competente el estado físico de los animales que no debieran permanecer en el recinto.
Infracciones al detalle para evitar incumplimientos
Otro de los capítulos más amplios de la ordenanza es el que detalla las infracciones y sanciones. Las leves tiene una multa de hasta 750 euros, las graves de 751 hasta 1.500 y las muy graves de entre 1.501 hasta 3.000 y la pérdida de la concesión administrativa. Entre las muy graves se encuentra el cambio de uso o destino de las instalaciones respecto a lo adjudicado lo que sin duda dificulta la aparición de casetas disco sin permiso; el desmontaje de la atracción puesto o caseta antes de la fecha de la terminación de la feria, inutilizar las calles interiores de seguridad que se dejan entre parcelas o la reincidencia en infracción grave durante dos años consecutivos o tres alternos dentro de un periodo de seis años. También el traspaso de titularidad o el incumplimiento de las normas de seguridad e instalaciones eléctricas.
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