El cirujano acusado por la muerte de un niño con escoliosis pagará una multa
Admite ser autor de una falta de homicidio por imprudencia leve e indemnizará a los padres del menor
Encarni Jiménez y Francisco Rodríguez dieron por terminada ayer, por fin, la batalla judicial que emprendieron hace once años para que no quedara impune la muerte de su hijo, que sufrió una hemorragia mortal tras someterse a una operación de escoliosis. Tenía 15 años. El cirujano que operó al menor, el único acusado en este caso, aceptó ser autor "de una falta de homicidio por imprudencia leve", por la que pagará una multa de 120 euros aparte de indemnizar a sus padres, según informó a este diario el letrado de la familia, Alejandro Parra.
El juicio contra el facultativo tuvo lugar ayer finalmente en el Juzgado de lo Penal 6, si bien no fue necesaria la práctica de la prueba al llegar las partes a un acuerdo de conformidad. En virtud de dicho acuerdo, la jueza dictó "una sentencia in voce", que fue declarada "firme" en el acto, según precisó el abogado de los padres, que han ejercido la acusación particular.
Este diario ha tenido acceso al escrito de acusación con el que el médico mostró su conformidad, que narra cómo la operación se llevó a cabo "con la finalidad de corregir la patología de escoliosis dorsal/derecha, lumbar izquierda que presentaba el menor Francisco José Rodríguez Jiménez". La intervención quirúrgica fue el día 7 de julio de 2004 en el Hospital de Traumatología de Granada, y fue realizada por un equipo médico encabezado por I. L., el cirujano acusado.
En el curso de la operación, según recoge el escrito, "surgieron una serie de complicaciones, y ante una hemorragia producida, no se disponía del coagulador adecuado que estaba siendo usado por otro equipo de cirugía, motivo por el que hubo de ser intervenido al día siguiente para corregir esta situación, pese a lo cual el menor Francisco José Rodríguez Jiménez falleció el día 15 de julio de 2004".
La falta finalmente apreciada, recogida en el Código Penal anterior a la última reforma -el entonces vigente- castiga a "los que por imprudencia leve causaren la muerte de otra persona" y establece "la pena de multa de uno a dos meses", siendo fijada en este caso "la pena de un mes de multa, a razón de una cuota diaria de 4 euros". Respecto de la responsabilidad civil, el acusado indemnizará con 135.000 euros a Encarni y Francisco a través de la compañía aseguradora.
Pese a que a efectos legales mostraron su conformidad con el desenlace del caso, los progenitores confesaron "no" estar satisfechos. "No nos han dado otra opción, porque se han despenalizado las faltas en el Código Penal y como mucho lo iban a condenar a eso: una falta", indicó Encarni, al tiempo que agregó que además el estar tantos años imputado también jugaba a favor del cirujano. "Por lo que se ve el afectado es él, no nosotros", añadió emocionada.
El matrimonio, que afirmó no haber recibido aún ningún tipo de explicación del médico, sabe lo que pasó en la operación a través de la historia clínica del niño, que fue analizada por un experto para determinar lo que ocurrió en quirófano. Ese experto, según recordó la madre, determinó que durante la operación "pinchó una vena", produciéndose una grave hemorragia. "Pero él no cerró la herida, cerró la herida quirúrgica, pero ésa no y lo mandó a la UCI en parada", manifestó la mujer. "Lo que no sé -agregó- es por qué no paró la operación, que es lo que tenía que haber hecho; si la hubiera parado no habría pasado esto". El niño "estaba en un charco de sangre y al día siguiente lo volvieron a operar, y así aguantó nueve días", reveló la mujer. Francisco indicó que el cirujano está ahora operando "en lo privado".
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