"No se comprende cómo pudo dar licencia de obras el Ayuntamiento"

Los especialistas encuentran ocho motivos para considerarla ilegal y hablan de un "cúmulo de irregularidades" que invalidarían el permiso de la anterior corporación

El Nevada y sus instalaciones cercanas podrían congestionar la circunvalación, según el informe.
El Nevada y sus instalaciones cercanas podrían congestionar la circunvalación, según el informe.
Guillermo Ortega / Granada

11 de octubre 2008 - 01:00

"No se comprende cómo con un cúmulo tal de irregularidades se pudo proceder a la concesión de licencia de obras por parte del Ayuntamiento de Armilla".

La frase figura, de forma textual, en el informe realizado por los peritos sobre el Centro Comercial Nevada, un dictamen que analiza, desde el punto de vista técnico y también del jurídico, si el edificio se ajusta a la legalidad y si las obras, ahora paralizadas, podrían seguir adelante.

Sobre la licencia, concedida el 30 de septiembre de 2005 por el Consistorio entonces presidido por el socialista José Antonio Morales Cara, la ve ilegal por ocho motivos. Menciona, por ejemplo, que fue otorgada para un proyecto técnico que se extiende sobre tres ámbitos de planeamiento con distintas clases de suelo y, por tanto, de regímenes jurídicos distintos. "Hubiera sido necesaria la tramitación y desarrollo urbanístico de forma individualizada y esa opción no hubiera permitido la edificación de un edificio unitario".

También hace referencia a que se concede sin haberse procedido "a la equidistribución y urbanización del Plan Parcial B y la Unidad de Ejecución número 9, que son requisitos legales previos. Se ha prescindido de los procedimientos de gestión urbanística exigidos por la legislación", inciden los peritos, que entienden que, para otorgarla, habría sido necesaria "la redacción, tramitación y aprobación de los correspondientes proyectos de reparcelación y de urbanización en el seno de los dos ámbitos indicados", añaden, en referencia al Plan Parcial y a la Unidad de Equipamiento.

No se respetó el 50 por ciento de ocupación máxima que ampara la ordenanza de aplicación y que no se contó con el preceptivo informe ambiental, sin poderse considerar vigente el que se hizo para un proyecto anterior -el del arquitecto Antonio Medina- dado que se trata "de un proyecto totalmente diferente".

Asimismo, se dio sin el informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, y ahí también hace la misma salvedad: no se puede dar por bueno el que concedió para un anterior proyecto, el del arquitecto Ignacio García Marcos.

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