Granada

El juez condena al Ayuntamiento a pagar 1,5 millones a Ramón Arenas

  • La sentencia reconoce el proceder irregular de la Administración local, cuyos anteriores responsables, políticos y técnicos, están imputados en el caso Nazarí por el mismo asunto

El empresario Ramón Arenas, uno de los particulares que con sus denuncias dio lugar a la investigación penal del caso Nazarí y a la detención del exalcalde José Torres Hurtado y otros responsables municipales, acaba de obtener una victoria parcial en su batalla judicial contra el Ayuntamiento de Granada, que ha sido condenado a pagarle alrededor de 1,5 millones de euros.

La sentencia que acaba de dictar el titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 4 de Granada, Antonio Iglesias Martín, resuelve por el momento el recurso de Arenas por esta vía jurisdiccional, que presentó poco después de acudir a la Fiscalía para denunciar los mismos hechos y dar lugar así al inicio de una investigación penal que sigue vigente en paralelo a la reclamación económica.

El juez solo ha estimado en parte la petición de Arenas, que reclamaba 8,3 millones de euros por los perjuicios sufridos en la compra y posterior tramitación urbanística de la parcela colindante al pabellón Mulhacén del Zaidín. La sentencia considera "desproporcionada la plusvalía que pretende el empresario", pero reconoce el proceder irregular de la Administración local y la imposibilidad del empresario de llevar a cabo su proyecto al tener invadidos 333 metros de sus terrenos.

El Ayuntamiento de Granada vendió en 2005 a la empresa de Ramón Arenas, Aremat, una parcela de 2.790 metros cuadrados en el Zaidín, en la zona próxima al Palacio de Deportes. La venta tenía por objeto la construcción allí de un centro educativo, que era la actividad principal, aunque el empresario incluyó también en su proyecto instalaciones de oficinas y un aparcamiento en el subsuelo.

La Junta impugnó la venta de parcelas dedicadas a equipamientos municipales, motivo por el que Ramón Arenas denunció después que el Ayuntamiento le había vendido una parcela litigiosa sin advertírselo ni paralizar la operación como sí hizo con los terrenos colindantes. En ese caso los responsables municipales cambiaron la venta por una concesión administrativa para que el empresario García Arrabal construyera un pabellón deportivo.

La construcción del pabellón Mulhacén acarreó un problema adicional, pues García Arrabal invadió 333 metros cuadrados de la parcela aledaña vendida a Arenas. El juez Iglesias Martín ha considerado ahora probada esa invasión de terreno y que esa circunstancia impidió a Arenas ejecutar su proyecto educativo, motivo por el que caducó la licencia de obras concedida.

El empresario granadino presentó en el Ayuntamiento una reclamación patrimonial en 2015 que fue desestimada por silencio administrativo. Unos meses más tarde, Arenas denunció a políticos y técnicos en la Fiscalía por presuntos delitos de prevaricación y en paralelo presentó un recurso en la vía contencioso-administrativa.

El asunto penal ha crecido hasta adquirir una enorme dimensión con las detenciones de la Operación Nazarí hace un año y el desarrollo de una investigación sobre una presunta trama organizada de corrupción urbanística en el Ayuntamiento de Granada. Es el caso Nazarí.

La reclamación económica por la otra vía jurisdiccional ha avanzado más rápidamente. El pasado 5 de octubre se celebró una vista en la que declaró el empresario y varios peritos y donde el abogado del Ayuntamiento pidió que se consideraran prescritas la mayoría de las decisiones municipales que se consideran irregulares.

El juez ha firmado este pasado lunes una sentencia (a la que ha tenido acceso este periódico) en la que descarta esas prescripciones pretendidas por el Ayuntamiento de Granada y da por probados algunos de los hechos que causaron un perjuicio al promotor del centro educativo frustrado.

De ahí que el juez reconozca al empresario el derecho a ser indemnizado por el "lucro cesante que pudo haber obtenido con el desenvolmiento normal del contrato". Considera que "procede indemnizar a la actora (Arenas) con 1.403.089 euros, que es lo que establecen las peritaciones presentadas por el empresario en el apartado del centro educativo. El juez advierte que esos cálculos económicos no fueron desvirtuados por el Ayuntamiento mediante la presentación de un informe pericial contradictorio, por lo que da por buenos los números.

Ahora bien, desestima indemnizar a la empresa de Ramón Arenas por los otros conceptos que había reclamado, los 5,7 millones de euros del aprovechamiento urbanístico o el lucro cesante de los aparcamientos subterráneos que pensabaconstruir y por lo que pedía 596.109 euros. Considera el juez que las otras instalaciones proyectadas no formaban parte del proyecto sustancial para el que se vendió la parcela y, por tanto, el lucro cesante de estos sería un futurible.

Lo que sí estima también la sentencia es la reclamación de los costes de tramitación, tasas e impuestos municipales abonados en este tiempo por el empresario, por lo que la indemnización podría superar los 1,5 millones de euros finalmente.

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