La duda que voló al Constitucional

Un juez de Granada que no veía claro el delito cometido por dos vecinos de Motril que cazaron cinco jilgueros y verderones logra que el TC anule por inconstitucional un artículo del Código Penal de 1995 sobre caza ilegal

El jilguero no figura en el listado de especies cuya captura en vivo o muerte está autorizada expresamente, pero tampoco la rata o el mosquito.
El jilguero no figura en el listado de especies cuya captura en vivo o muerte está autorizada expresamente, pero tampoco la rata o el mosquito.
Yenalia Huertas / Granada

24 de junio 2012 - 01:00

Aunque parezca mentira, no lo es. La aplicación de la ley que protege la fauna y la flora, tal y como estaba redactada en 1995, podía considerar autor de un delito a cualquiera que atrapara y enjaulara a un ratón o se le ocurriera meter mosquitos en un bote de cristal. De esta circunstancia se dio cuenta un juez de Granada, Ernesto Carlos Manzano, que es titular del Juzgado de lo Penal 6 de la capital, cuando tenía entre manos el caso de dos cazadores de Motril que habían sido detenidos y procesados por capturar cinco jilgueros y dos verderones, especies que no estaban protegidas pero que tampoco estaba autorizada expresamente su caza.

El magistrado enjuició el caso, pero a la hora de dictar sentencia se dio cuenta del defecto que, a su juicio, tenía la ley al ser tan poco precisa y decidió elevar el asunto al Tribunal Constitucional, al que planteó -así se dice técnicamente- una cuestión de inconstitucionalidad que, siete años después, ha sido estimada.

Este diario ha tenido acceso a la sentencia dictada por el TC el pasado 8 de mayo, en la que declara "inconstitucional y nulo el artículo 335 del Código Penal", eso sí, en la redacción de la ley que se hizo en 1995, y no en la nueva redacción realizada en 2003, con posterioridad a la cuestión planteada por el juez.

El ya anulado artículo en cuestión tipifica como delito y castiga con pena de multa de cuatro a ocho meses a quien "cace o pesque especies distintas a las indicadas en el artículo anterior [especies en peligro de extinción y, en general, amenazadas], no estando expresamente autorizada su caza o pesca por las normas específicas en la materia".

Para el Constitucional, el órgano judicial granadino "tiene razón", pues "la tipificación como delictivas de todas las conductas de caza que no estén expresamente autorizadas, aunque no estén tampoco expresamente prohibidas, crea un amplísimo espacio de inseguridad jurídica". Tan amplio, que es el propio TC el que pone el ejemplo de los roedores y los insectos. Y es que debido a la poca precisión en la primera formulación de este artículo, "conductas tan inocuas para el Derecho Penal como matar ratas o insectos pasarían a integrar el tipo penal del artículo 335 del Código Penal de 1995, simplemente porque esas especies, al igual que los jilgueros y los verderones , no figuran tampoco en el listado de especies cuya captura en vivo o muerte está autorizada expresamente por las correspondientes normas específicas".

A raíz de esta resolución del Constitucional, el juez Ernesto Manzano ha absuelto a los dos cazadores de Motril que fueron sorprendidos por la Guardia Civil con los pajarillos capturados, según han confirmado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a Granada Hoy.

Fue el 7 de noviembre de 1999 cuando los agentes del Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (Seprona) detuvieron a los dos procesados en el paraje conocido como El Cañón, en el término municipal de Motril. Los pillaron cazando pájaros "con reclamo y la ayuda de una red abatible de unos cinco metros de longitud, careciendo de la preceptiva autorización administrativa para hacerlo".

Los agentes del Seprona les intervinieron en ese momento los cinco jilgueros y dos verderones, a los que liberaron. Estas aves, como recoge la resolución, no figuraban entre las catalogadas como piezas de caza por el Real Decreto 1095/1989, por el que se declararon las especies objeto de caza y pesca y se establecieron normas para su protección, así como tampoco eran especies amenazadas.

Ahora, han sido los dos cazadores los 'liberados' por la Justicia de tener que pagar una multa y ser inhabilitados para cazar aves.

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