El hombre que rompió un vaso de cristal en la cara de otro en una discoteca de Granada tendrá que pagar 13.000 euros más a la víctima
El recurso a la condena inicial mantiene la pena de dos años de cárcel pero aumenta la indemnización al agredido
Aplazado a septiembre el juicio al acusado de reventar un vaso en la cabeza a un hombre en un pub de Granada
La Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha admitido de forma parcial el recurso presentado por la víctima de la agresión que sufrió en una discoteca de Granada en marzo de 2022, cuando un hombre le estampó un vaso de cristal en la cara provocándole graves heridas. El tribunal ha modificado de esta forma la pena impuesta al agresor, que tendrá que indemnizar finalmente a la víctima con 33.506,36 euros, cerca de 13.000 euros más que en la sentencia emitida por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada el pasado 9 de octubre. Se mantiene la pena de dos años de prisión y el pago de costas del juicio. Contra esta resolución, añade el tribunal, cabe interponer recurso de casación "a preparar ante este Tribunal en el plazo de cinco días a contar desde la última notificación".
Según explica el auto de Apelación al que ha tenido acceso este diario, la sentencia de la Audiencia Provincial de Granada consideró en el juicio como hechos "expresamente probados" que "el día 27 de marzo de 2022 sobre las 7 horas Emilio C. H. , mayor de edad, sin antecedentes penales, se encontraba en la Discoteca Aliatar de esta ciudad y sin mediar motivo golpeó con un vaso de cristal en la cara a Luis G. S. que se encontraba en el lugar con unos amigos". Posteriormente, el auto relata las múltiples lesiones, heridas y secuelas que sufrió el agredido, así como el tratamiento médico que siguió, valorado con un gasto médico de 5.475 euros. Asimismo, en la declaración de hechos probados se estimaba que la víctima tardó "en curar 40 días, 20 de los cuales fueron de pérdida de calidad de vida moderada".
Este último punto es el que ha sido modificado en la nueva setencia de Apelación, que mantiene el resto del relato de hechos probados, pero que modifica el párrafo referido al periodo de recuperación del agredido, a tenor de los fundamentos de derecho emitidos por la acusación y la defensa del proceso. Esta modificación consiste en que el periodo de recuperación de las heridas tardó "en curar 239 días con pérdida de calidad de vida moderada, debiendo ser sometido a tres intervenciones quirúrgicas y habiéndole quedado como secuela un trastorno por estrés postraumático". Es decir, suma cerca de 200 días a la recuperación del agredido, y añade las operaciones a las que tuvo que ser sometido a causa de la lesiones provocadas por la rotura del vaso. Por ello, la sala de Apelación del TSJA revoca la resolución emitida en la sentencia del caso "en el único sentido de que Emilio C. H. deberá indemnizar a Luis G. S. por lesiones y gastos médicos derivados de las mismas en la cantidad de 33.506,36 euros".
El caso se remonta al 17 de marzo de 2022. Según constaba en el escrito de conclusiones provisionales de la Fiscalía, el acusado, sin antecedentes penales, y con el ánimo de "menoscabar la integridad física" del otro, supuestamente "cogió un vaso de cristal, se dirigió hacia él y le golpeó" con él en la cabeza. Ello provocó la intervención de los empleados del establecimiento tras lo que el procesado se habría dado a la fuga, agregaba el ministerio público, que pedía que el acusado indemnizara con 95.000 euros a su víctima en concepto de responsabilidad civil. Finalmente la indemnización cubrirá cerca de un tercio de la petición del fiscal.
El juicio, celebrado el 25 septiembre del años, se tuvo que aplazar hasta en dos ocasiones. Primero se fijó para noviembre de 2024 pero luego se volvió a retrasar al 6 de mayo del año pasado, ya que la defensa cambió de abogado, obligando a un nuevo aplazamiento al otoño del año pasado. El proceso podría continuar ahora si el el plazo de cinco días se interpone un nuevo recurso de casación.
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