Granada

La información patrimonial, un 'bluf' que podría haberse evitado

  • La Audiencia asegura que habría bastado con preguntar a los acusados para aclarar los pagos

La "larga y polémica" averiguación policial sobre los acusados del caso Alhambra a los que se les imputaban delitos de naturaleza económica y defraudadora no aportó ningún indicio "ni para descartar ni para corroborar" una comunidad de intereses entre ellos. La investigación patrimonial, tratada en las cuestiones previas de la sentencia ya que tres de los investigados solicitaron la nulidad de las esas diligencias por vulneración del derecho a la intimidad y a la igualdad entre las partes del proceso, no sirvió para nada.

Así lo asegura la Audiencia en su sentencia, que apunta que la investigación realizada "de modo tan abnegado como inquisitorial", una vez sometida a contradicción en el plenario, no acredita "en ningún caso" un incremento importante de gastos o ingresos en ninguno de los catorce investigados, ni tampoco una actuación en común entre los acusados orientada al fraude. "Ninguna cantidad de las reseñadas se ha sospechado si quiera que tuviera un origen o relación de índole delictivo de cualquier modo. Ni respecto de los delitos imputados ni de cualquier otra clase".

Un sepelio o la compra de un coche o una vivienda "nada suntuosa", origen de algunos gastos

El fallo de la Sección Segunda de la Audiencia apunta que los resultados de la información patrimonial quedaron tan diluidos, pese a la importancia dada a su posible potencial incriminatorio por parte de las acusaciones, que solo fueron fruto "de una confidencialidad" mal entendida. En opinión del tribunal, las conclusiones del informe patrimonial habrían sido aclaradas "simplemente con haber preguntado a los afectados la razón de algún pago o de algún ingreso".

Sobre todo, porque preguntando "no habría sido difícil entender" que algunos de esos ingresos y gastos obedecían a gastos de sepelio, otros a compras modestas de vehículos de segunda mano, algunos a gastos de bodas de sus hijos y otros a gastos geriátricos o en viviendas "nada suntuosas".

"Pese al amplio espacio temporal investigado, la información fue tan esclarecedora y favorable a los acusados" que el Ministerio Fiscal, al formular sus conclusiones definitivas, dejaba al criterio de este tribunal las correcciones a su calificación provisional respecto a todas aquellas cantidades por aumento patrimonial que se entendieran justificadas o inexistentes".

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios