Tribunales

Juicio fantasma en Granada: una jueza sentencia una vista a la que nadie asistió

  • La jueza aseguraba que el juicio se había grabado en vídeo. Las partes se quejan y el demandante ha pedido la nulidad de las actuaciones

Juicio fantasma en Granada: una jueza dicta sentencia sobre una vista no celebrada

Juicio fantasma en Granada: una jueza dicta sentencia sobre una vista no celebrada / Archivo

Estaban convocados a un juicio el próximo 19 de julio en Granada. Se trata de un pleito civil, de escasa cuantía económica, relativo a una demanda por los daños de unas filtraciones de agua en una vivienda de Armilla. Pero la sorpresa para las partes ha sido enorme al descubrir que la jueza ya ha dictado sentencia hace unos días y en ella hace constar que ya se había celebrado la vista y que hasta se había grabado en vídeo. Nadie estuvo en ese juicio.

“Admitida a trámite la demanda y emplazada la demandada en legal contestó en tiempo y forma, siendo convocadas las partes para la celebración del juicio verbal, compareciendo la actora con su representación procesal y defensa letrada, que se ratificó en sus pretensiones, solicitando el recibimiento del pleito a prueba”. Y continúa así el texto de la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico: “Recibido el pleito a prueba, se practicaron los medios propuestos y admitidos con el resultado que es de ver en autos quedando grabado el acto de la vista por los procedimientos audiovisuales del juzgado”.

Esta sentencia, fechada el 3 de junio, condenaba a la comunidad de propietarios de un edificio de Armilla a pagar 505 euros al demandante, uno de los vecinos, que había sufrido los desperfectos de unos recalos. Pero el abogado de la parte demandada, Ramón Soriano, asegura que ni él ni la representación del demandante han acudido al juicio aludido en la resolución, dado que éste no está señalado hasta el mes próximo.

La parte demandante, beneficiada por la condena económica (aunque en una cuantía menor a lo que reclamaba) ha presentado un escrito para recordarle a la jueza que aún no ha celebrado el juicio, señalado para el mes de julio. El letrado de esta parte llega a pedir la nulidad de las actuaciones en el caso de que la ausencia de los vídeos que se suponen grabados corrobore lo que dicen las dos partes, que no ha habido vista oral.   

En ese escrito, el demandante expone: "Ni esta representación, ni el letrado que suscribe, ni la parte, ni testigos ni peritos han acudido a ninguna celebración de juicio, motivo por el que se solicita respetuosamente se facilite la copia de las grabaciones del acto de vista que se dice constan en el juzgado, a fin de conocer quién acudió a tal supuesta celebración de juicio y cuál fue el desarrollo del plenario".

El pleito se ha desarrollado en el Juzgado de Primera Instancia número ocho de Granada, cuya jueza titular explica en su sentencia que la parte demandada se allanó parcialmente y estaba dispuesta a pagar la cantidad que se ha establecido en la condena. Pero los demandantes presentaron una tasación superior a los mil euros y no estaban de acuerdo. De ahí que fuera necesaria la celebración de un juicio, que se fijó para el 19 de julio. 

La diligencia de ordenación que firmó en abril la letrada de administración de justicia del mismo juzgado fijaba el juicio para el 19 de julio a las 11 de la mañana. La sentencia no sólo se ha adelantado, sino que en ella se hace constar la celebración de la vista. 

La parte demandante pide la nulidad de las actuaciones correspondientes al dictado de la sentencia, “puesto que la misma se habrá dictado sin el mantenimiento de las mínimas garantías que amparan a esta parte en relación a sus medios de prueba, causando lo que se considera como una vulneración del derecho de defensa que debe protegerse por el Juzgador, sin que sea aceptable el dictado de una sentencia previo a la celebración de la vista, manteniendo por ello el señalamiento previsto”.

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