Un millar de granadinos en la preselección para ser jurado popular
Saldrán elegidos de un sorteo sobre el censo provincial de una lista preliminar que se publicó ayer en el BOP de Granada
Un millar de granadinos pueden encontrar desde ayer su nombre en la lista de personas preseleccionadas para formar parte de un jurado popular en la Audiencia Provincial durante los próximos dos años. Es el resultado de un sorteo sobre el censo de personas que se publica desde ayer en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada.
Esta lista, en la que cualquier habitante censado en los municipios de la provincia puede aparecer, se conoce como la lista bienal. Esta nueva hornada de posibles jurados populares estará vigente desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020.
El sistema de elección que recoge la Ley es el del sorteo a partir de las listas del censo electoral. Este sistema se caracteriza por la sucesión de sorteos que permitan garantizar la presencia de candidatos a jurado en número adecuado para garantizar la constitución del Tribunal, que se compone de nueve jurados y dos suplentes. Como mínimo debe de haber hasta tres sorteos sucesivos, de los cuales surgirán los que serán miembros del jurado.
El primer sorteo a nivel provincial es el que se ha realizado ahora, a partir de las listas del censo electoral. Luego hay un segundo sorteo que se celebra en la Audiencia Provincial y del que deberán salir 36 posibles candidatos a jurados, que han de estar disponibles para ser llamados a formar parte de un jurado durante un determinado período de tiempo.
Y el tercer sorteo se celebrará para seleccionar a los nueve jurados (y dos suplentes) que deberán conocer de una causa concreta en un juicio oral público y bajo la presidencia del Magistrado-Presidente del Tribunal. En el primer sorteo para la lista bienal, publicada hoy, el número de personas se calcula multiplicando por 50 las causas que se prevean que se vayan a enjuiciar en la provincia el Tribunal del Jurado durante los próximos dos años. Los presidentes de las Audiencias Provinciales hacen esta estimación atendiendo a las causas enjuiciadas en años anteriores en la respectiva provincia, más su posible incremento.
La lista del censo electoral se ordena por municipios, relacionada alfabéticamente y numerada correlativamente dentro del conjunto de la provincial. Debe ser la lista del censo electoral vigente en el momento del sorteo. Con carácter previo a dicho sorteo, deberá remitirse a los respectivos Ayuntamientos para su exposición anticipada durante siete días.
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