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El pez pequeño se comió al grande: una empresa de Granada logra una indemnización millonaria de Mercedes

Archivos del juzgado de lo Mercantil de Granada

Archivos del juzgado de lo Mercantil de Granada / G. H.

El pez pequeño se comió al grande. El juzgado de lo Mercantil número 1 de Granada ha condenado a la multinacional automovilística Mercedes Daimler AG a indemnizar con 79.745,06 euros a la compañía granadina Jocon Infraestructuras SL en concepto de daños y perjuicios derivados de una infracción del Derecho de la competencia cometida por el gigante alemán. Además, también se le condena a pagar los intereses desde la interposición de la demanda además de las costas del juicio, lo que puede elevar la cifra hasta cerca de los 100.000 euros, según el representante legal del demandante.

Jocon Infraestructuras, presidida por José Antonio Martínez Amat, anterior presidente de la Asociación de Jóvenes Empresarios de Granada (AJE), consigue así que se reconozca que Mercedes se saltó el artículo 101, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el cual "prohíbe los acuerdos entre empresas que puedan afectar al comercio entre los estados miembros y que tengan por objeto o efecto impedir, restringir o falsear el juego de la competencia dentro del mercado interior". La novedad estriba en que es la primera vez en la provincia que un juez considera probado el 100% de sobrecoste ilegal que tuvo que pagar la empresa al adquirir los camiones. "Lo habitual es que se reconozca entre el 5 y el 10%", explica Javier López y García de la Serrana, director de Hispacolex, bufete que ha llevado la demanda.

Las raíces de la sentencia se encuentra en el 'cártel de los camiones', una práctica sancionada por la Unión Europea en el año 2017 en el que condenaba a las fabricantes Mercedes, Iveco, Daf, Renault, Volvo y Man por pactar precios en sus camiones entre los años 1997 y 2011, pagando así los compradores un sobreprecio. Una sentencia comunitaria que además permitía a los clientes, camioneros particulares o empresas, a reclamar de forma individual daños y perjuicios por ese sobrecoste. Y eso es lo que reclamó Jocon Infraestructuras, que ha conseguido probar a través de abogados de Hispacolex y los correspondientes informes periciales el total de la indemnización reclamada.

La sentencia considera probado que Jocon Infraestructuras SL compró cinco camiones de la marca Mercedes de más de seis toneladas por un importe de 85.950 euros cada uno entre los meses de junio y julio de 2009. El juez Rafael Leonés Valverde también considera probado que "Mercedes Daimler AG, junto con otras empresas del mismo sector (que fueron, todas ellas, las que fabricaron e introdujeron en el mercado los camiones antes referidos), intercambiaron listas e información de precios brutos de los camiones con un peso de entre 6 y 16 toneladas", denominados como camiones medios, "y los camiones de más de 16 toneladas", catalogados como "pesados", incluyendo tanto camiones rígidos como cabezas tractoras, desde el 17 de enero de 1997 hasta el 18 de enero de 2011". Todo ello tenía el objetivo económico de "alterar el proceso de fijación independiente de los precios de sus camiones, distorsionando la evolución normal de dichos precios".

Así, la consecuencia inmediata es que estos los camiones adquiridos por Jocon Infraestructuras "sufrieron una elevación en el precio que habrían tenido de no haber existido aquella por un importe correspondiente al 15,30% de su precio de adquisición". La defensa de Mercedes se opuso a la pretensión formulada en lademanda alegando, en primer lugar, que no consta acreditado que su comportamiento "tuviera incidencia ninguna en el precio de los camiones objeto de las actuaciones", y asimismo, estimaba que la infracción habría prescrito y que, "en todo caso, la parte demandante habría repercutido cualquier supuesto sobreprecio que hubiera podido abonar a sus propios clientes así como mediante la reventa posterior de dichos vehículos".

En los fundamentos de derecho, el juez también considera "evidente" que Mercedes Daimler "no se limitó a intercambiar información con el resto de las destinatarias", si no que también "en ocasiones, todas ellas llegaron a acordar sus respectivos incrementos de precios brutos; y ello, con el objetivo económico de alterar el proceso de fijación independiente de los precios de sus camiones, distorsionando la evolución normal de dichos precios".

La sentencia

La sentencia, contra la que cabe recurso, ratifica la versión de Jocon Infraestructuras contra Mercedes Daimler por el incumplir el artículo 101 del TFUE y condena a la multinacional a pagar la suma de 79.745,06 euros , de los cuales 57.199,75 se corresponden "al coste excesivo" y 22.545,31 a los intereses devengados a fecha 13 de agosto de 2020, "así como al pago de los intereses legales de la cantidad fijada como indemnización desde la fecha 14 de agosto de 2028 "hasta que se produzca el pago efectivo", reza la sentencia, que añade a esa cantidad los costes del proceso y los intereses generados desde la interposición de la denuncia. La empresa podrá pedir, además, la ejecución provisional de la sentencia para disponer del líquido.

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