Granada

La reforma local permitirá privatizar los mercados de abastos y las lonjas

  • La ley contempla la supresión de los "monopolios municipales heredados del pasado", lo que afectaría a MercaGranada

La reforma de la Administración local implantará la austeridad en los números municipales, aunque para conseguirlo tenga que abrir la puerta a la privatización. El informe del anteproyecto de ley para la racionalización y sostenibilidad de la Administración local que aprobó el pasado viernes el Consejo de Ministros, incluye la supresión de los "monopolios municipales del pasado", en alusión a los mercados y las lonjas, según la información facilitada por el Gobierno sobre el borrador de la futura ley.

Esto significa que MercaGranada, la sociedad pública mixta participada en un 51% por el Ayuntamiento de Granada y en un 49% por Mercasa, puede pasar a manos privadas. La situación se perfila con los mismos tintes para los dos mercados minoristas de propiedad 100% municipal: San Agustín y Merca 80. Esta posibilidad se contempla entre las medidas que se plantean para racionalizar la estructura organizativa de la Administración Local, que aboga por el redimensionamiento del sector público local (no se podrán crear nuevos entes, tendrán que sanear o disolver los existentes y se suprimen los que dependen a su vez de otras entidades) y la limitación de la iniciativa económica local. En este punto, el gobierno ha informado de que se limitará el uso de autorizaciones administrativas para iniciar una actividad y se suprimirán los monopolios municipales de mercados y lonjas.

Si la gestión de los mercados municipales pasara a manos particulares, comenzarían a funcionar como empresas privadas llevadas por criterios de rentabilidad lo que, a ojos de los grupos de la oposición municipal, podría acarrear despidos y cierres de puestos.

Un reciente informe de la Comisión Nacional de la Competencia, publicado en enero pasado, recomendó precisamente al Gobierno la supresión de los mercados centrales de abastos de la lista de actividades reservadas a los municipios. Esta reserva aparece, en concreto, en el artículo 86.3 de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local, que deja en manos de las entidades locales las siguientes actividades o servicios esenciales: abastecimiento y depuración de aguas; recogida, tratamiento y aprovechamiento de residuos; suministro de calefacción; mataderos, mercados y lonjas centrales y transporte público de viajeros.

El informe de la Comisión Nacional de la Competencia considera que en el contexto actual esa reserva de actividades relacionadas con los mercados centrales "carece de justificación" y lo argumenta ante la evidencia de la aparición de canales, "al menos parcialmente alternativos a los mercados centrales, que no están reservados al sector público y que no comprometen otros objetivos públicos como la garantía del suministro, la seguridad, la trazabilidad o la calidad alimentaria. Para la Comisión Nacional de la Competencia no tiene mucho sentido esta reserva de actividad, dado que "han ido proliferando canales alternativos a los mercados mayoristas en destino" y además esta reserva vincula las decisiones de gestión y de inversión a las necesidades del municipio "cuando el ámbito de muchos mercados centrales excede claramente el ámbito municipal".

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