Los 28 trabajadores del IMFE se beneficiarán del aumento de sueldo
El Ayuntamiento hará una aportación extraordinaria de más de 30.000 euros hasta diciembre llegando a los 60.000 en enero
La sentencia judicial favorable a los empleados del Instituto Municipal de Formación y Empleo (IMFE) se hará oficial a partir de septiembre, sin admisión de recursos. Según la vicepresidenta de la entidad, María Francisca Carazo, la sentencia se hará efectiva en septiembre y se procederá a una subida de la nueva Relación de Puestos de Trabajos (RPT) del Ayuntamiento para compensar a los 13 trabajadores que interpusieron las reclamaciones. Los 28 empleados que realizan este trabajo se beneficiarán del aumento de sueldo y de la compensación por los retrasos desde 2007.
El presupuesto para las nóminas se engordará proporcionalmente a la subida de sueldos de los trabajadores, lo que supondrá que el Ayuntamiento de Granada "destinará cerca de 60.000 euros a partir de enero para pagar su salario a todos los trabajadores", explicó Carazo. Hasta entonces, el presupuesto extraordinario se dotará con más de 30.000 euros hasta el mes de diciembre para sufragar las obligaciones con los demandantes. Esta cifra hace frente a los 24.000 euros que el IMFE tenía previsto incrementar en el presupuesto actual para asumir esa subida de sueldos desde octubre hasta diciembre de este año. Las sentencias conceden una cantidad de 2.641 euros por funcionario, lo que supone más de 30.000 para todos los demandantes. Los trabajadores pedían el aumento de sueldo desde abril de 2007 hasta el 30 de junio de 2008.
La vicepresidenta aclaró que "es un gasto mayor para el Ayuntamiento, extensivo también al resto de la plantilla". Además, quiso dejar claro acerca de las reclamaciones y afirmó que "la denuncia no procede de todos los trabajadores del IMFE, aunque ellos también se beneficiarán de la medida".
El grupo de trece funcionarios acudieron a los tribunales para reclamar lo que por la vía de los recursos administrativos se le había denegado. Los denunciantes reclamaban un aumento en la nómina igual al del resto de trabajadores del propio Ayuntamiento, con los que hasta el año 2007 estaban equiparados, por lo menos era lo previsto en la RPT de abril de ese mismo año.
Los empleados no recibieron ese aumento de sueldo pese a lo establecido en los estatutos del propio organismo y lo escrito en la Ley Reguladora de Haciendas Locales. Según la sentencia, al no aplicar la subida a los trabajadores, la administración "quebranta el principio de confianza legítima del recurrente".
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