El TSJA ratifica la condena de once años de cárcel a un hombre por abuso sexual a su sobrina de cinco años en la provincia de Granada

Los hechos tuvieron lugar en 2021, cuando el acusado realizó varios tocamientos bajo la excusa de un juego

El TSJA ratifica la absolución a un hombre acusado de abusos sexuales a una menor en la provincia de Granada

Varios coches circulan por la antigua carretera de la costa con Velez de Benaudalla al fondo.
Varios coches circulan por la antigua carretera de la costa con Velez de Benaudalla al fondo. / Alba Feixas

La sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena de once años de cárcel a F. E. P. por el delito continuado de abuso sexual sobre una menor, de 5 años, que dictó la Audiencia Provincial de Granada y sobre la que el acusado recurrió. Ahora, el alto tribunal acepta íntegramente los hechos probados por la Audiencia y desestima el recurso en una nueva sentencia a la que ha tenido acceso este periódico.

Los hechos se remontan al verano de 2021 en Vélez de Benaudalla, donde la víctima pasaba los fines de semana con su padre, en régimen de visitas tras el divorcio, sus abuelos y un tío, el acusado. En un momento determinado, F. E. P. con la excusa "de que iba a leer un cuento a la niña", se fue con ella al dormitorio "procediendo entonces a proponerle un juego entre ambos e introducirle el pene en la boca", relata la sentencia.

La situación, que ya se habría repetido en otra fecha cercana, continuó con el procesado bajando la ropa interior de su sobrina y frotando "él mismo sobre la zona vaginal de la niña", pidiéndole que no dijera nada a nadie, pues los podrían castigar a ambos. Sin embargo, unos días más tarde la menor se quejó de dolencias en la zona vaginal y en la boca, por lo que la madre la llevó al pediatra y de ahí fue derivada al hospital.

Por estos hechos, el acusado fue condenado a once años de cárcel, además de la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 300 metros ni comunicarse con ella durante 12 años. Frente a esta sentencia, la defensa recurrió alegando un error al valorar la prueba, la declaración de la víctima "de manera fundamental, pero no única", por parte de la sala de instancia, lo que llevaría a una vulneración de la presunción de inocencia del acusado por insuficiencia en la prueba de cargo.

Sin embargo, el TSJA recuerda ahora que su labor no es valorar de nuevo la prueba, sino comprobar si la valoración realizada es racional, está motivada y no contiene errores objetivos. De esta forma, los magistrados del alto tribunal concluyen que se realizó una valoración "exhaustiva, analítica y meditada" de las declaraciones de la víctima, las cuales son consideradas como creíbles.

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