Entra en vigor la polémica Ley de Bienestar Animal: las novedades más llamativas
Ley Bienestar Animal
Esta criticada ley tiene una serie de objetivos fundamentales y conllevará a multas de hasta 600.000 euros en caso de su incumplimiento. Además, hay algunas medidas que todavía no entrarán en vigor
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Ya es oficial. Hoy, viernes día 29 de septiembre, entra en vigor la polémica "Ley de Protección de los Derechos y Bienestar Animal". Una ley que se ha ido formando desde hace más de dos años y que a día de hoy nace a medias debido a la situación actual del gobierno.
Una ley muy criticada
Fue en marzo de este mismo año cuando se publicó en el BOE la ley promovida por la ministra en funciones de Derechos Sociales y Agenda 2030 Ione Belarra. Desde ese momento, la ley fue criticada por numerosas personas relacionadas con el ámbito animal puesto que consideraban que debería estar elaborada precisamente por especialistas: veterinarios, educadores caninos, ganaderos, etc.
Así lo comentaba el biólogo y presentador Frank de la jungla en el programa de Pablo Motos "El hormiguero": "Si a mí me encargan de hacer una Ley Animal mañana yo les digo que no la puedo hacer. Yo les digo mira cogéis a la mayor asociación de veterinarios, la mayor asociación de ganaderos, de agricultores, de guardas forestales, de criadores, de tiendas de animales, de consumidores y de gente que tiene animales en casa...tú coges a todos esos y te haces la ley".
También se criticó la enmieda que excluía a los perros de caza y a otros animales usados como "actividades profesionales del proyecto". Según la enmienda serían excluidos "los perros de caza, rehalas y animales auxiliares de caza que contarán con una legislación propia según lo establecido en la Estrategia Nacional de Gestión Cinegética”.
Muchos colectivos rechazaban la ley por verse implicados, como es el caso de las personas que trabajan en circos con animales o tiendas de mascotas.
Objetivos fundamentales
El director general de Derechos de los Animales Sergio Torres siempre ha dejado claro cuáles son los objetivos principales de esta nueva ley. Por un lado, se pretende reducir a cero el abandono de animales de compañía, cifra que según él ronda los 300.000 cada año. También es fundamental limitar el sacrificio de animales que se encuentran en las perreras: "Ahora mismo, cerca de 100.000 animales sanos abandonados son sacrificados", decía Torres a EFE en su día.
En definitiva, se pretendía proteger y garantizar los derechos y bienestar de los animales de compañía y silvestres en cautividad que residen en territorio español. Pero, ¿puede tener un efecto rebote al exigir tanto la norma? ¿qué tipo de prohibiciones habrá y cuáles son las multas por infringir dicha ley?
Prohibiciones y multas
El BOE deja claro qué tipo de prohibiciones se llevarán a cabo con esta ley, pudiendo conllevar a multas de entre 500 a 600.000 euros en caso de su incumplimiento. En Mascotíssimas recopilamos en un artículo las "posibles multas de la nueva Ley de Bienestar Animal" siendo estas las siguientes:
-No se podrá dejar a los animales solos en casa: en el caso de los perros más de 24 horas y en el caso de los gatos más de 72 horas. Según el artículo 84 conllevaría una "multa de 500 a 10.000 euros".
-Dejar solo a tu perro en la puerta del supermercado: Esta infracción podría conllevar a una multa de hasta 10.000 euros.
-No poner el microchip a tu gato: El objetivo es evitar el abandono y el maltrato animal, que es una de las claves de esta nueva ley. En el caso de no tener microchip se podrá interponer una multa de hasta 50.000 euros.
-Dejar a tu perro en la azotea: Se calificaría como infracción grave y podría conllevar a una sanción desde los 10.001 a 50.000 euros. También estará prohibido “mantener a los animales de compañía «atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento».
-Vender mascotas en tiendas: El Gobierno pretende que haya "abandono cero" y así dejarán de venderse mascotas en tiendas y también su "exhibición al público" con fines comerciales. Hacerlo se considerará una infracción grave, con sanciones de 3.001 a 30.000 euros.
-Tenencia de mascotas prohibidas: Algunas de las mascotas consideradas como "prohibidas" son erizos, hámsters, conejos, cerdos vietnamitas o serpientes. Infringir esto podría conllevar a multas de hasta 200.000 euros e incluso penas de prisión de hasta 36 meses.
-Sacrificar animales: Si alguien llega a sacrificar a un animal en público la multa puede llegar hasta los 600.000 euros. La ley desea que haya "sacrificio cero" y por ello la multa es tan elevada.
Medidas que no entrarán en vigor aún
En las últimas semanas se ha dejado claro que aún no puede entrar en vigor ni el curso obligatorio para personas que quieran tener perro ni el seguro de responsabilidad civil. ¿Cuál es el motivo? el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 ha informado de que la falta del desarrollo reglamentario específico hace que no sea aplicable a partir del 29 de septiembre la obligatoriedad de contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por parte de los propietarios de perros.
La obligatoriedad de contar con un seguro de responsabilidad civil para tenencia de perros lo recoge la disposición final novena de la ley pero dada la falta de reglamento específico "no resulta efectivamente aplicable hasta que se produzca el desarrollo reglamentario de dicho precepto", ha detallado.
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