Juicio

La defensa de Entrena alega que la jueza ignoraba que Campoy estaba preso

  • La defensa de Adelina Entrena, acusada de haber olvidado acordar la libertad de un preso que continuó en la cárcel por un delito del que había sido absuelto, considera que la jueza desconocía que éste estuviera en prisión indebidamente, lo que la exonera de toda responsabilidad criminal.

La defensa de Adelina Entrena, acusada de haber olvidado acordar la libertad de un preso que continuó en la cárcel por un delito del que había sido absuelto, considera que la jueza desconocía que éste estuviera en prisión indebidamente, lo que la exonera de toda responsabilidad criminal.

El escrito de defensa, al que ha tenido acceso Efe y que ha sido presentado ante el TSJA, que ya ha decretado la apertura de juicio contra la magistrada de Motril (Granada), incide en que Entrena ignoró "en todo momento" el estado de José Campoy en la prisión de Albolote (Granada).

En este sentido, argumenta que, después de que la jueza regresara tras una baja, en los primeros días de diciembre de 2005, nadie "en absoluto" la advirtió del estado del preso, cuando debieron hacerlo la secretaria y la funcionaria que tramitaba las ejecutorias.

El letrado apunta que, por todas las circunstancias existentes en el caso, no se puede imputar a la juez una responsabilidad de tipo "grave", puesto que el concepto jurídico de gravedad es "indeterminado" y, al mismo, hay que llegar considerando todas las circunstancias subjetivas y objetivas concurrentes.

Al respecto, entiende que, si el Tribunal apreciara que la imprudencia, si la hubo, no tenía carácter "grave", único caso en el que se penalizaría, tampoco habría responsabilidad penal para la jueza.

La defensa también aduce la concurrencia de atenuantes en Entrena por el estado de alteración física y psíquica que en aquella época atravesaba, lo que mermaba sus facultades cognoscitivas y volitivas.

Sobre los antecedentes de hecho, la representación procesal de la jueza recuerda que fue un juez sustituto quien decretó la prisión provisional de Campoy para asegurar su presencia en un juicio, que la secretaria judicial no anotó dicha prisión preventiva en el libro de presos y que, tras la reincorporación de Entrena, las actuaciones no tenían la preceptiva carátula con el letrero "causa con preso".

Añade que, una vez que se dictó sentencia absolutoria y se notificó al reo, éste no reclamó su puesta en libertad ni al director de la cárcel, ni a su abogado, ni al fiscal del caso, ni al juez de vigilancia penitenciaria, por lo que siguió en prisión hay que suponer que "voluntariamente".

La defensa apunta que se ha infringido el principio de presunción de inocencia de la magistrada, a la que se ha destrozado su reputación, aparte de haber sido suspendida de retribución y funciones, cuando esto tenía que haber ocurrido en caso de ser condenada, y no antes.

Por su parte, la Fiscalía Superior de Andalucía ha solicitado para la jueza suspensión de todo empleo o cargo público durante un año y tres meses, y que indemnice al perjudicado con 75.230 euros.

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