Granada

El juez ordena embargar a los Ruiz Mateos por el "agujero" de Dhul

  • La medida cautelar afectará a bienes del patriarca y dos de sus hijos por valor de más de 618 millones de euros · El titular de lo Mercantil 1 de Granada duda de la operación de venta a Back in Business

El juez de lo Mercantil número 1 de Granada ha ordenado el embargo cautelar de propiedades de la familiar Ruiz-Mateos -en concreto, del cabeza de familia y de dos de los hijos- por valor de 618,2 millones de euros porque, en opinión del magistrado, hay "visos reales" de que pudieran ser considerados culpables del agujero de la empresa Dhul. La medida cautelar había sido solicitada por los administradores concursales para que el juzgado embargara a José María Ruiz-Mateos, Francisco Javier Ruiz-Mateos y Álvaro Ruiz-Mateos para cubrir el déficit patrimonial derivado de la gestión de la familia al frente de la empresa de postres, cuantificada a su vez por los propios administradores concursales.

El Juzgado de lo Mercantil que está llevando a cabo el proceso de concurso de acreedores, en un auto emitido ayer, analiza la función tanto de Ruiz-Mateos padre como de sus dos vástagos para estimar si pueden ser considerados como los responsables de la situación actual de Dhul y, por tanto, procede el embargo. El juez parte de la base de que estas personas estén "ejercitando en la práctica las funciones del poder efectivo de gestión, administración y gobierno de que se trate, asumiendo la sociedad los actos de esa persona como vinculantes a ella". Y, basándose en esa premisa, el juez argumenta que Ruiz-Mateos ejercía "de modo directo y decisivo las tareas de dirección real de Grupo Dhul aunque formalmente no estuviera designado administrador". El magistrado considera que "su participación ha sido decisiva, ineludible y nuclear" en el devenir de la empresa concursada "no sólo en el mercado que le es propio, el agroalimentario, sino también en la esfera interna de, en sus relaciones con las otras sociedades de Nueva Rumasa, y con ello en el elevado grado de confusión patrimonial y garantías cruzadas entre ellas". Además, la "imagen pública de administrador" de José María Ruiz-Mateos "y la confianza que ha generado en quienes invirtieron en sus negocios" es lo que les "ha servido de base, de forma que sin él no puede entenderse ni su grupo empresarial, ni la concursada ni lamentablemente su actual situación".

Además, el juez incluye en el auto varias referencias documentales que apoyan esa definición de propietario de Ruiz-Mateos, al tiempo que asegura que el patriarca "no ha dudado nunca en poner de manifiesto su condición de gestor de hecho, de gestor real" de Dhul y Nueva Rumasa. Y como quiera que una vez declarado el concurso de acreedores, el propio Ruiz-Mateos emitió un comunicado en el que delegaba en sus hijos la gestión de Nueva Rumasa, también se les considera como objetivo del embargo.

A cuanto a que la gestión de la familia Ruiz-Mateos fue la causa de la situación actual de Dhul, el magistrado alberga pocas dudas. La empresa, ante la situación de "insolvencia inminente", hizo un esfuerzo "particularmente intenso" para conseguir fuentes de financiación alternativas. Aunque el juez, basándose en un informe de los administradores concursales, concluye que esos fondos "de la misma forma que entraron, salieron para beneficio, no de la concursada, sino de otras sociedades de Nueva Rumasa y, con ello e indirectamente, la familia Ruiz-Mateos".

Tras relatar una serie de operaciones realizadas por los Ruiz-Mateos, el juez estima que "no sólo han podido generar con su conducta, impropia de un gestor leal, la insolvencia de la empresa concursada, sino que además la agravaron". Entre otras cosas, argumenta el juez, porque Dhul ha garantizado "de forma masiva, indiscriminada y sin control alguna, deudas de otras empresas del grupo Nueva Rumasa por un importe de, al menos, 640 millones de euros". Esta situación "contribuye a saturar la sobrecarga financiera de la concursada a la vez que se le impone la obligación de responder en su caso por deudas muchas veces superiores a su activo o sus ingresos hasta unos niveles que cabe calificar de insostenibles". "Dhul -dice el juez- ha garantizado todo tipo de obligaciones de sociedades de Nueva Rumasa, como la compra de Clesa, de otras sociedades u hoteles, pero también obligaciones vinculadas a operaciones compraventa de viviendas disfrutadas por la familia Ruiz-Mateos, al disfrute de vehículos de algunos familiares de los administradores o, incluso, garantías prestadas en operaciones a favor de sociedades administradas por sus asesores".

En base a todo ello, el juez considera que hay motivos suficientes para sustentar la petición de embargo preventivo porque "el concurso (de acreedores) tiene visos reales de ser calificado de culpable, la masa activa es insuficiente para cubrir semejante pasivo, no existe en la actualidad indicio alguno de poder gestar un convenio medianamente viable" o "una liquidación ventajosa que permita continuar con la empresa en otras manos".

Por si todo esto fuera poco, el juez estima que debido al escenario actual, en el que los Ruiz-Mateos han anunciado la venta de Nueva Rumasa a Back in Business, "simplemente anunciada pero no demostrada", la medida se hace más necesaria todavía. Porque la maniobra puede llevar a concluir que "mediante semejante operación se trata de esquivar posibles embargos a la vista de los sólidos argumentos existentes de su responsabilidad concursal". "No es descartable incluso -afirma el magistrado- que tras ello sólo exista un artificio fiduciario". El juez también tiene en cuenta la reunión que se tenía que haber producido el pasado jueves entre la administración concursal y uno de los Ruiz-Mateos, que no se presentó.

Por todo ello, el juez ordena que se averigüen y localicen "bienes y derechos" que puedan ser objeto de la medida cautelar, advirtiendo a los Ruiz-Mateos de que han de manifestar las propiedades suficientes para poder cumplir con los 618 millones, haciendo constar "las sanciones que pueden imponérsele, cuando menos por desobediencia grave" si no presentan esa relación de bienes. También exige el contrato de venta a Back in Business en un plazo de cinco días.

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