Granada

Con las manos en el bacalao

  • Dos mozos de almacén de una tienda de congelados fueron sorprendidos llevándose doce lomos de pescado, dos cajas de langostinos y tarrinas de helado El Código Penal no entiende de crisis

El Código Penal no entiende de crisis. Robar es robar, aunque lo sustraído sea pescado congelado a punto de caducar o caducado y aunque la sustracción se haya producido con una presunta autorización verbal del encargado del negocio. Así lo demuestra una sentencia dictada en un caso reciente ocurrido en la capital y enjuiciado en uno de los juzgados de Instrucción de la Caleta.

El fallo, al que ha tenido acceso este diario, condena a dos empleados de una tienda de congelados a pagar 210 euros en multas por esconder en sus mochilas una docena de lomos de bacalao, dos cajas de langostinos, dos bogavantes y dos tarrinas de helado, que pretendían llevarse a casa gratis ese día para comer.

Fueron agentes de la Guardia Civil quienes hallaron la mercancía tras abrir los bolsos de los dos trabajadores. El registro se produjo a raíz de formular el gerente del negocio una denuncia el pasado 25 de enero. El gerente estaba escamado. Sospechaba que alguien se podría estar llevando productos sin abonarlos y no se equivocaba.

Los agentes registraron las mochilas al finalizar el horario laboral. En el bolso de uno de los mozos fueron encontrados cinco de los lomos de bacalao congelado y las dos cajas de langostinos (cada una de un kilo), así como los bogavantes. Un cuchillo de grandes dimensiones propiedad del comercio y los siete lomos restantes guardaba el otro en su mochila, además de dos tarrinas de Häagen-dazs. Los productos hurtados costaban 77 euros.

Casi el triple de esa cantidad tendrán que pagar ahora en multas ambos trabajadores, pues habrán de abonar 120 euros el que más productos llevaba y 90 el otro, aparte de sufrir las posibles consecuencias laborales que hayan tenido sus actos.

Este caso se enjuició el 14 de abril. En la vista, tanto los denunciados como una compañera de éstos -ya despedida- declararon que tenían "autorización" para que se les entregaran los productos caducados. Dicha entrega se hacía, según la referida testigo, a "espaldas" del gerente y "sobre todo cuando se debían salarios".

Para el juez, aunque todos los argumentos de los denunciados sean "más que respetables desde el punto de vista del derecho de defensa", son "incompatibles" con las relaciones laborales previstas legalmente". Así, remite a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores sobre cómo deben ser las relaciones trabajador-empresario, y sobre cuáles son los derechos y deberes laborales básicos, así como los derivados del contrato.

El magistrado concluye que aunque tuviesen esa presunta autorización ésta no puede ser contemplada como atenuante o eximente y tilda de "impresionante" que un trabajador despedido reconozca que "todos" recibían mercancía por indicación de un encargado y a "espaldas" del gerente.

Al margen de las vicisitudes económicas de un negocio en tiempos de crisis económica, con actitudes como las de los empleados denunciados "es comprensible -subraya el fallo- que se hunda una empresa, con la participación de algunos, independientemente de la gestión social y comercial".

"Suponiendo el criterio permisivo de un encargado a donar productos de pescado, ¿no tienen los trabajadores capacidad para examinar y conocer el alcance ilegal de la donación realizada o de la invitación o incitación a delinquir?", se pregunta el juez, que está convencido de que los dos mozos pillados con las manos en el bacalao sabían lo que hacían y cometieron "la sustracción de la cosa ajena con un ánimo de lucro".

La Fiscalía también pidió la condena de los dos mozos. La sentencia, que los considera "autores responsables de una falta de hurto" puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Granada. El fallo no considera en ningún momento la conducta de los empleados como un hurto famélico.

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