Tribunales

El Constitucional estima el recurso de amparo de la joven que denunció tortura policial en Granada

  • La Asociación Pro Derechos Humanos ha informado de que la decisión ha sido adoptada por la Sala Segunda del Alto Tribunal, aunque aún no ha sido notificada a las partes

  • La resolución ordena la retroacción de las actuaciones al momento de pronunciarse la primera de las resoluciones judiciales impugnadas

Imagen de archivo de un agente de la Policía Nacional.

Imagen de archivo de un agente de la Policía Nacional. / R. G.

"No entiendo qué hace tanta gente junta como está la cosa con el coronavirus". Esta frase fue pronunciada por una granadina que se encontraba paseando a su perro el 23 de mayo de 2020, cuando el Centro de Granada estaba tomado por la manifestación de Vox contra el Gobierno por las medidas impuestas por el coronavirus. Si bien, esto habría sido, según la versión de la víctima, lo que propició que tuviera lugar una supuesta detención ilegal y un episodio de tortura por parte de agentes de la Policía Nacional. Según denunció la víctima, varios agentes la habría retenido, agarrado fuertemente, zarandeado y golpeado cuando paseaba a su perro cerca del recorrido de la manifestación, causándole diversos hematomas, versión que era totalmente contradictoria con la que ofrecieron los agentes, y que terminó en una causa que al final acabó archivada por el juzgado. Sin embargo, el pasado octubre, el Tribunal Constitucional (TC) admitió a trámite el recurso de amparo presentado por la víctima, derecho que ahora ha sido formalmente reconocido por el TC.

"La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha reconocido el derecho de amparo a la tutela judicial efectiva de la recurrente en relación con la denuncia de torturas por parte de la Policía Nacional en Granada", indicaron desde la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) y Stop Represión Granada, las cuales también han explicado que la sentencia, dictada por el magistrado Juan Antonio Xiol Ríos, aún no ha sido comunicada a las partes, aunque el sentido del fallo sí ha sido publicado en la página web del Tribunal Constitucional. 

En este sentido, la resolución reconocería "el derecho de la demandante de amparo a la tutela judicial efectiva sin indefensión en relación con su derecho a no ser sometido a torturas ni a tratos inhumanos o degradante". Por ese motivo, la sentencia del Tribunal Constitucional anula las resoluciones dictadas tanto por el Juzgado de Instrucción número 4 de Granada como por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial y ordena "la retroacción de las actuaciones al momento de pronunciarse la primera de las resoluciones judiciales anuladas para que se dicte otra respetuosa con el derecho fundamental reconocido".

En concreto, según constaba en la denuncia a la que tuvo acceso Granada Hoy, que fue interpuesta cinco días después de lo ocurrido, -recayó en primera instancia sobre ele Juzgado de Instrucción 4 de Granada que se encontraba en funciones de guardia-, varios agentes de la Policía Nacional agarraron a la víctima "del cuello fuertemente, le zarandearon, golpearon y pellizcaron, causándole multitud de hematomas", además de haber sido presuntamente amenazada y detenida "sin informar del motivo" del arresto. Todo ello, cuando  "se encontraba paseando a su perro junto con una amiga cuando, en el cruce de la calle Gran Vía con San Juan de Dios, a la altura de las oficinas de la Agencia Tributaria, se encontraron con una manifestación contra la Gobierno en la que se portaban banderas de España constitucionales y algunas también preconstitucionales". Si bien, tan solo esta última parte de la versión de la víctima en la que le ubica en esa zona de la capital coincidía con la versión policial.

Según el atestado policial, todo partió de una discusión entre dos personas, que habría obligado a los agentes a intervenir para separar a las dos personas implicadas, momento en el que se le requirió a cada una la identificación. Fue entonces, según la versión policial, cuando "la que finalmente fue detenida empezó a increpar" a los agentes, "escupió a la chica que tenía delante, con la que estaba discutiendo", e incluso le llegó a decir una frase del tipo "ahí llevas el coronavirus". Además de todo ello, la joven se habría negado a documentarse y su perro, que iba sin bozal y era de un tamaño considerable, habría llegado a atacar a uno de los agentes.

Ante ello, prosiguió el relato policial, fue trasladada a dependencias de la Policía Nacional, donde solicitó asistencia sanitaria, pero durante el traslado al hospital "se golpeó a sí misma en el vehículo", además de presentar una actitud de nerviosismo e incluso amenazándolos con posibles represalias. Según las citadas fuentes, incluso llegó a agredir a los agentes y dado su estado apenas se le pudo atender.

Meses más tarde, la denuncia fue archivada por el juzgado, lo que propició que en noviembre del pasado 2020, los colectivos anteriormente citados presentasen un recurso de amparo ante el Constitucional, al considerar que se había producido un incumplimiento de la legislación estatal e internacional en cuanto a la instrucción del procedimiento ya que, según dijeron, no se ha hecho una investigación "pronta, intensa y exhaustiva", sobre un posible caso en el que se habría "vulnerado los derechos fundamentales a la integridad física y moral en relación con la tutela judicial efectiva", por lo que se exigía un proceso "con todas la garantías y uso de los medios pertinentes de prueba".

Así, en el escrito de amparo se sostenía que "el caso reviste una especial trascendencia constitucional", ya que pone de manifiesto que "la doctrina del Tribunal Constitucional sobre la investigación de malos tratos prohibidos por el artículo 15 de la Constitución Española está siendo incumplida de modo general y reiterado por la jurisdicción ordinaria".

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